
Las herencias siguen generando dudas, malentendidos y creencias erróneas que se transmiten casi como verdades absolutas. Desde quién puede reclamar hasta si el Estado se queda con los bienes cuando no hay testamento, el debate se cuela en conversaciones familiares, despachos y redes sociales. En un vídeo reciente publicado en TikTok, el abogado Manuel Requena, conocido en la plataforma como @manuelrqna, aborda este fenómeno y desmiente cinco mitos que, según asegura, muchas personas siguen creyendo a pesar de ser falsos.
Requena inicia su intervención con un tono directo: “Hay mentiras sobre herencias que la gente se ha tragado toda la vida y, en menos de sesenta segundos, te cuento cinco mitos que la gente hoy en día todavía se cree”. Explica que no se trata de casos aislados. “Cada semana escucho frases y comentarios que me dejan muy loco”, afirma. A su juicio, estas confusiones nacen casi siempre del mismo lugar: “Gente que nunca se ha informado y repite lo que oyó de un amigo, de un vecino o de Internet”.
El primer mito que menciona es uno de los más arraigados: el temor de que, tras una separación o divorcio, el ex cónyuge pueda heredar. Requena lo desmiente sin matices: “Si estás separado o divorciado, tu ex ya no tiene ningún derecho sobre tu herencia, aunque no hayas ni siquiera cambiado el testamento”. Según explica, el marco legal es claro al respecto: “Solo hereda el cónyuge si no hay separación legal ni de hecho”. Esto implica que el simple hecho de estar separado -aunque el testamento no se haya actualizado- evita que el ex tenga derecho a heredar.
El segundo mito que aborda tiene que ver con el paso del tiempo. Según el abogado, todavía hay quien cree que si han fallecido los padres y ha pasado un largo periodo sin reclamar la herencia, ya no es posible hacerlo. “Eso es falso”, asegura. “El derecho a heredar no prescribe mientras la herencia no se haya repartido oficialmente”. De este modo, quienes no iniciaron los trámites en su momento no pierden necesariamente sus derechos, siempre que la herencia siga sin adjudicar formalmente.
La ley obliga a dejar una parte de la herencia a los hijos
La tercera creencia errónea es especialmente frecuente en conversaciones informales: la idea de que, si una persona fallece sin testamento, el Estado automáticamente se queda con el patrimonio. Requena lo niega de forma contundente: “Si una persona muere sin testamento, heredan los hijos o los padres o el cónyuge. Solo si no hay ningún familiar hasta el cuarto grado, pasaría al Estado”. La aclaración es relevante porque, como recuerda, el orden de sucesión previsto por la ley da prioridad a los familiares directos antes de considerar otras opciones.
El cuarto mito gira en torno a la libertad absoluta para repartir los bienes en un testamento. “Puedo dejar todos mis bienes a quien yo quiera”, dicen algunos. Pero el abogado explica que tampoco es cierto. “En España, la ley protege una parte que es obligatoria dejarla a los hijos, que se llama legítima. Y solo un tercio se puede repartir libremente, se llama tercio de libre disposición”. Con esta precisión, recuerda que el sistema sucesorio español establece límites para proteger a los herederos forzosos.
El quinto y último mito desmontado por Requena se centra en la idea de que aceptar una herencia siempre es beneficioso. “Error”, sentencia. Señala que cada vez hay más casos en los que las herencias incluyen deudas ocultas: “Préstamos, avales, tarjetas”. Y advierte: “Si aceptas sin revisar, puedes heredar un problema”. Su consejo implícito es claro: antes de firmar, conviene analizar la situación patrimonial del fallecido y evitar sorpresas posteriores.
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