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Alberto Sánchez, abogado, explica qué hacer si tu casero quiere echarte del piso: “No puede ser un simple capricho”

Cuando el propietario sube ilegalmente la renta y luego alega “necesidad familiar” para desalojar la vivienda, puede enfrentarse a consecuencias legales

Dos inquilinos entregan las llaves de la vivienda en la que vivían a su casera (Montaje Infobae con imágenes de @legalmente.rrss / TikTok)
Dos inquilinos entregan las llaves de la vivienda en la que vivían a su casera (Montaje Infobae con imágenes de @legalmente.rrss / TikTok)
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Si tu casero te comunica que va a subir desmesuradamente el alquiler y te advierte que si no lo aceptas “te tienes que ir” para ocupar él la vivienda, “te tienes que fijar en los siguientes puntos”, explica el abogado Alberto Sánchez, a través de su perfil de TikTok (@legalmente.rrss). El letrado ha detallado qué puede y no puede hacer el propietario cuando quiere echarte del piso, subrayando que “no puede ser un simple capricho”, según la legislación vigente.

¿Qué pasa si el dueño quiere subir el precio por encima del IPC?

Sánchez destaca en su intervención que cuando el dueño de la vivienda notifica al inquilino una subida del alquiler muy por encima del IPC lo importante es distinguir si el contrato es nuevo o continúa vigente. Según el letrado , “si es un contrato nuevo, el anterior ha terminado y vais a firmar un nuevo documento, te puede poner el precio que quiera. Si no lo aceptas, te tienes que ir”. Es decir, una vez termina oficialmente el contrato y se negocia uno nuevo, el dueño tiene libertad para establecer el precio del alquiler.

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Sin embargo, la situación cambia completamente si el contrato sigue activo, ya sea en su duración inicial o en alguna de las prórrogas obligatorias previstas. En este contexto, el abogado señala: “Si no es un contrato nuevo, estás en la duración pactada del contrato o en cualquiera de sus prórrogas obligatorias, no te puede subir la renta lo que él considere”. La ley en estos casos establece que la subida máxima del alquiler debe ajustarse al IPC o, para los contratos firmados después de mayo de 2023, al Índice de referencia de alquiler de vivienda (IRAV).

El precio del alquiler de viviendas en España creció un 4,4% en tasa trimestral y se incrementó un 9,7% en junio en tasa interanual, marcando un nuevo máximo, hasta los 14,6 euros por metro cuadrado, según datos del portal inmobiliario Idealista (Fuente: Europa Press).

El intento de desalojo por “necesidad” del propietario

No solo las subidas abusivas de renta preocupan a los inquilinos; también es frecuente que el propietario alegue necesitar la vivienda para sí mismo o para un familiar cercano como argumento para la extinción del arrendamiento. Alberto Sánchez recomienda ser cautelosos ante este tipo de justificaciones: “Lo primero que hay que hacer es revisar el contrato de alquiler, porque si no viene específicamente la posibilidad de que el propietario recupere la vivienda para uso personal, no puede ejercer este derecho”.

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El abogado insiste en la obligación del propietario de demostrar ante la ley que la vivienda es necesaria para él o un familiar en primer grado y que dicha necesidad es real y permanente: “El propietario tiene que demostrar una necesidad de residir de forma permanente en ese inmueble, él o sus familiares en primer grado”.

La posición de la justicia ante los abusos

Situaciones en las que el dueño primero intenta subir la renta por encima de lo permitido, y al no aceptarlo el inquilino, recurre al argumento de “necesidad familiar” para solicitar el desalojo, pueden tener consecuencias legales. Sánchez expone que los tribunales ya han dejado claro que “la necesidad debe ser real, que no puede ser un simple capricho o una simple apetencia”.

En ese sentido, contar con pruebas escritas, como mensajes o correos en los que el dueño exige un incremento de la renta superior a lo permitido, podría jugar a favor del inquilino en una disputa legal. La recomendación principal es revisar detenidamente el contrato y exigir siempre que cualquier justificación de desalojo esté debidamente respaldada por la ley.

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