
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado el recurso presentado por Andrea (nombre ficticio) y ha confirmado la negativa a concederle la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su pareja, Doroteo, con quien convivió durante más de una década y tuvo tres hijos. La decisión ratifica el fallo previo del Juzgado de lo Social N° 3 de Córdoba, que había desestimado la demanda de la mujer contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
El 23 de septiembre de 2020, Doroteo falleció, y poco más de un año después, Andrea solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social la pensión de viudedad. El organismo rechazó la petición argumentando que la relación no cumplía los requisitos exigidos por la Ley General de la Seguridad Social, que condiciona el reconocimiento de este derecho a la inscripción en el registro correspondiente o a la formalización mediante documento público, requisitos que la pareja no había cumplido.
Al menos cinco años de convivencia y formalizar la pareja mediante inscripción
Andrea recurrió entonces a la vía judicial, defendiendo que la convivencia prolongada y la existencia de hijos comunes eran prueba suficiente de la solidez de la relación. Sin embargo, el Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba desestimó la demanda en diciembre de 2022, absolviendo tanto al INSS como a la Tesorería General de la Seguridad Social. No conforme con esta decisión, la afectada interpuso recurso de suplicación ante el TSJ de Andalucía, insistiendo en que el certificado de empadronamiento y otros documentos probaban una vida en común análoga al matrimonio desde el año 2000.
Este tribunal ha puesto punto final a esta batalla judicial. En su sentencia, los magistrados confirman íntegramente la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba en diciembre de 2022, rechazando el recurso de suplicación que la demandante había interpuesto.
La Sala reconoce que la convivencia de Andrea y Doroteo estaba probada, así como la existencia de hijos comunes, pero subrayó que ese dato, por sí solo, no bastaba para reconocer el derecho a una pensión de viudedad. En su razonamiento, los jueces han insistido en que la ley exige cumplir simultáneamente dos requisitos: acreditar al menos cinco años de convivencia y formalizar la pareja mediante inscripción en un registro oficial o escritura pública con una antelación mínima de dos años al fallecimiento. Al no cumplirse este segundo requisito, el tribunal no tuvo margen para conceder la prestación.
El fallo es categórico: se desestima el recurso y se confirma la sentencia de instancia, absolviendo de nuevo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social de las pretensiones de la demandante. Además, no se impusieron costas, al reconocerse la condición de Andrea como beneficiaria de asistencia jurídica gratuita.
La sentencia también abre la puerta a un último recurso: la casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. Andrea dispone de un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución para preparar este nuevo recurso. De no hacerlo, la sentencia adquirirá firmeza, cerrando definitivamente el proceso.
Últimas Noticias
Super Once: estos son los resultados del Sorteo 4
Juegos Once dio a conocer la combinación ganadora del sorteo 4 de las 17:00 horas

Comprueba los resultados del sorteo 4 la Triplex de la Once
Juegos Once informó la combinación ganadora del Sorteo 4 de las 17:00 horas. Tenemos los números ganadores aquí mismo

Una empresa despide por ineptitud a un directivo con problemas de espalda y déficit cognitivo y los tribunales obligan a recontratarlo: no intentó colocarlo en otro puesto
La compañía no acreditó que hubiera intentado modificar las tareas del empleado ni ofrecerle una vacante compatible antes de romper el vínculo laboral

El Gobierno da por recuperada la normalidad en Ceuta tras terminar de desalojar de las playas los asentamientos en los que vivían miles de migrantes
Ángel Víctor Torres cifra en cerca de 12.000 los retornos a Marruecos desde el 10 de agosto y anuncia que las actuaciones policiales continuarán en las barriadas donde todavía hay migrantes que duermen al aire libre

Entró a quirófano para operarse un hombro y acabó con quemaduras y una incapacidad permanente: elevan su indemnización a 67.000 euros
Los hechos ocurrieron en 2019 en el hospital concertado de Virgen de las Montañas, en la localidad gaditana de Villamartín


