
Conductores y víctimas de accidentes de tráfico están ahora más protegidos después de que el Congreso de los Diputados haya dado su visto bueno al proyecto de ley que modifica la normativa española de seguros de automóvil y que transpone la Directiva (UE) 2021/2118 sobre responsabilidad civil en la circulación de vehículos.
La reforma introduce cambios significativos para mejorar la valoración de indemnizaciones por daños personales, incluir la responsabilidad civil de nuevos medios de movilidad, entre ellos los patinetes eléctricos, y garantizar que las víctimas sean indemnizadas incluso si la aseguradora entra en insolvencia.
La nueva ley modifica el texto refundido de la Ley de Responsabilidad Civil de vehículos a motor y la Ley 20/2015 de supervisión de aseguradoras y entre sus principales novedades figura la ampliación del seguro obligatorio. A partir de ahora deberán contar con un seguro de responsabilidad civil los vehículos agrícolas e industriales, hasta ahora exentos, además de los vehículos personales ligeros, como los patinetes o bicicletas eléctricas. Los titulares de estos nuevos vehículos tendrán un plazo transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para contratar el seguro sin ser sancionados.
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Víctimas más protegidas
Otra de las mejoras es la protección reforzada a las víctimas. La ley amplía la definición de “hecho de circulación” según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), incluyendo cualquier uso del vehículo como medio de transporte, aunque esté detenido o en terreno privado.
Se aumentan, además, los apoyos tras el accidente. Así, las víctimas con lesiones graves recibirán hasta 24 horas de rehabilitación domiciliaria, antes eran 16, y las familias de fallecidos o lesionados graves hasta 12 meses de asistencia psicológica, frente a los seis de antes.
También mejoran las indemnizaciones, ya que la reforma agiliza los procedimientos y se fomentan métodos extrajudiciales para tramitar las reclamaciones. Asimismo, la norma clarifica definiciones para evitar litigios y establece que los importes de las coberturas se actualizarán anualmente según el Índice de Precios de Consumo (IPC).
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Evitar las insolvencias
A todo ello se suma la cobertura en caso de insolvencia, por lo que si la aseguradora del vehículo culpable se declara insolvente, el Consorcio de Compensación de Seguros asumirá el pago de las indemnizaciones a los perjudicados. Lo que garantiza que las víctimas no queden desprotegidas por la quiebra de la compañía.
Por su parte, el Gobierno deberá crear un registro público de los vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026.
Entre las enmiendas incorporadas al texto original se incluye la obligación por parte de la aseguradora de comprobar que el vehículo que quiera renovar su seguro tenga en regla la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Si el vehículo no la tiene pasada, el co9nductor solo podrá contratar un seguro temporal y no el ordinario.
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