
La campaña de la declaración de la renta 2024-2025 entra en su recta final y son muchos los contribuyentes que, tras revisar y presentar su declaración, están aún esperando el abono del importe correspondiente o, en otros casos, el cargo de la cuantía que toca pagar. Para quienes les ha correspondido ingresar dinero a Hacienda, surgen dudas sobre cómo y cuándo tendrán que afrontar este pago y las consecuencias en caso de no tener fondos suficientes en la cuenta.
Según explican desde el perfil de TikTok de TaxDown, especializado en gestiones de trámites, ayudas e impuestos, en uno de sus vídeos publicados, la Agencia Tributaria realiza el cargo correspondiente el 30 de junio. Se trata de una fecha clave para quienes, al presentar su declaración de la renta, el resultado ha sido a pagar y han optado por el pago domiciliado en cuenta bancaria.
“Luego tendrás que pagarlo con recargos, ya sea del 5% o del 20% de la deuda”
Desde TaxDown advierten con claridad: “Hacienda te cobrará el 30 de junio. Si te sale de pagar en la declaración de la renta, debes saber que ese día se hace el cargo en tu cuenta”. Por eso, recomiendan a todos aquellos a los que les ha salido la declaración a pagar que presten especial atención al saldo de su cuenta bancaria en esa fecha.
La advertencia principal que exponen apunta directamente a la importancia de contar con los fondos suficientes: “Así que recuerda tener el dinero suficiente porque si no la lleva clara”. A modo de ejemplo, desde el perfil explican la situación que puede darse: “Imagínate que te sale 800 € a pagar. Pues si ese día en tu cuenta tienes 799 €, el pago será rechazado y esto significa que luego tendrás que pagarlo con recargos, ya sea del 5% o del 20% de la deuda”.
El recargo por impago el día del cargo puede elevar mucho la factura. Según detallan, “vas a tener que pagar más sí o sí y no queremos eso”. Las penalizaciones van del 5% al 20% de la deuda, dependiendo del tiempo que tarde el contribuyente en regularizar la situación tras el rechazo inicial del pago por falta de saldo.
¿Y qué pasa con los contribuyentes que han decidido fraccionar el pago?
Ante este tipo de situaciones, la recomendación lanzada por TaxDown es tajante: “Hazte un Bizum, una transferencia instantánea o lo que sea, pero ten el dinero suficiente ese día para que así Hacienda te la pueda cobrar sin problemas”. De esta manera, se evitan complicaciones, recargos y gestiones adicionales ante la Agencia Tributaria.
Quienes decidan fraccionar el pago encontrarán, igualmente, que el primer cargo se realizará el día 30 de junio y el segundo en la fecha marcada por la normativa, que este año corresponde al 5 de noviembre. El recordatorio es válido para ambos vencimientos: mantener la cuenta con saldo suficiente para evitar recargos e incidencias.
La campaña de la renta de este año concluye el mismo lunes 30 de junio. Hasta ese momento, todos los contribuyentes obligados podrán presentar sus declaraciones por las vías habituales: en línea, por teléfono o presencialmente, si se ha pedido cita previa antes del 27 de junio.
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