
La Ley de Dependencia de 2006 buscaba, entre otras medidas, formalizar el trabajo profesional en cuidados, un cambio legislativo que el sector, históricamente invisibilizado y precarizado, celebró como un primer paso hacia un panorama laboral más estable y reconocido. Casi dos décadas después, la economía de los cuidados sigue estando apuntalada por una mayoría de empleadas mujeres y migrantes, y las nuevas garantías sociales no han servido para compensar unos índices de informalidad todavía muy superiores a la media.
La baja valoración social de este tipo de empleos contrasta con su peso en la economía española, acaparando en 2024 casi el 7% del valor del PIB del país, según se desprende del último informe de Trabajo sobre el sector de los cuidados de larga duración. Además, la alta demanda de estos servicios, especialmente importante para los ciudadanos de la tercera edad, se enfrenta a un previsible aumento mantenido durante los próximos años por el envejecimiento de la población española.
Sueldos bajos y trabajo inestable
Los datos oficiales apuntan a que más de 600.000 personas se desempeñan actualmente en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. De esta cifra, que incluye a empleadas tanto en domicilios particulares como en residencias, cerca de un 90% son mujeres. A pesar de la expansión de estos servicios, el empleo mantiene altos niveles de precarización, reflejados en bajos salarios y escasa estabilidad laboral, con una elevada tasa de rotación.
El salario mensual de una auxiliar a domicilio, según el convenio, es de 1.145,81 euros al mes (unos 9,26 euros la hora), casi la mitad que la media nacional. Este ingreso se sitúa entre los más bajos del mercado laboral español y, en la mayoría de los casos, no corresponde con la carga de trabajo y la responsabilidad que implica la tarea de los cuidados. Los contratos en el sector suelen ser de carácter parcial, abarcando entre 20 y 30 horas semanales, y predominan los acuerdos temporales, lo que dificulta la planificación y seguridad para las trabajadoras.
En concreto, el 32% de los contratos son de tipo temporal, mientras que hasta el 60% son parciales, según estima Oxfam Intermon en su informe Trabajo invisible y cuerpos rotos. Estos porcentajes superan ampliamente la media nacional y son un claro indicio de la precariedad estructural que afecta al sector. Además, las jornadas partidas y las remuneraciones insuficientes agravan la situación, exponiendo a quienes trabajan en el sector a mayores niveles de vulnerabilidad e inestabilidad económica.
Una economía de plataformas
El otro gran factor que ha influido en la evolución del trabajo de aquellas personas encargadas de atender el bienestar físico y emocional de las personas de forma profesional ha sido la llegada de nuevas tecnologías, que han presentado nuevas oportunidades y retos para el sector. Pese a las promesas de mejoras para el sector, estudios recientes publicados por el Ministerio de Derechos Sociales, Trabajo y Agenda 2030 señalan que la reorganización del trabajo de cuidados a través de internet ha supuesto reforzar la precariedad y las desigualdades existentes.
El análisis que firma Paula Rodríguez-Modroño en el último número de la revista Cuadernos del Mercado de Trabajo, una publicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y su Observatorio de las Ocupaciones, trata este mismo tema. La investigadora expone cómo, aunque la irrupción de las plataformas digitales facilita el acceso rápido a ofertas de empleo en el sector del trabajo de cuidados, terminan imponiendo jerarquías de género e interseccionales. Estas plataformas se han posicionado como agentes centrales en la intermediación entre familias y personas cuidadoras, desplazando progresivamente los canales informales y tradicionales. El informe detalla que, en 2024, se han identificado 38 plataformas activas en el país, organizadas en tres grandes modelos de negocio: las plataformas bajo demanda (on demand), los marketplace y las agencias digitales. Cada modelo presenta distintas formas de intermediación, controles y vínculos contractuales, lo que se traduce en diferencias en el acceso a tareas, remuneración y flexibilidad para las trabajadoras.

Las plataformas bajo demanda ofrecen trabajos esporádicos, de pocas horas y sin contrato, enfocados principalmente en mujeres migrantes recientemente llegadas al país y sin redes de apoyo, lo que propicia una situación de alta vulnerabilidad y escasos ingresos. Los modelos marketplace, basados en la suscripción y el cobro por el acceso a información de los perfiles, no establecen una relación laboral directa y suelen exigir a las trabajadoras que operen como autónomas, aumentando el riesgo y reduciendo la protección social. Por último, las agencias digitales, aunque posibilitan un mayor grado de formalización mediante contratos de empleo en el hogar, mantienen condiciones menos favorables que las presentes en empresas o instituciones públicas y, en ocasiones, siguen recurriendo a acuerdos informales.
Pese a estas diferencias estructurales, el análisis identifica problemas comunes en todos los modelos de plataformas de cuidados: el uso de tecnologías digitales para minimizar el contacto y la responsabilidad empresarial, la gestión algorítmica para el control del trabajo, la opacidad informativa respecto a tarifas y condiciones, y la imposición de mecanismos de reputación unidireccionales en los que solo los clientes califican el servicio. Estos elementos restringen drásticamente la capacidad de las trabajadoras para negociar salarios o condiciones, provocando una pérdida de autonomía y dificultando la organización colectiva. Además, la ausencia de apoyo, formación y canales de comunicación entre trabajadoras acrecienta el aislamiento y limita el ejercicio de derechos laborales básicos, consolidando la precariedad y la inestabilidad en el sector, especialmente para trabajadoras que se encuentran en situación administrativa irregular.
Límites del alcance de la regulación
La evidencia recogida en España muestra que la precariedad laboral sigue siendo el rasgo dominante para quienes acceden a empleos a través de estas plataformas. Prima la informalidad: empleos por horas sin contrato, inestabilidad en los ingresos y falta de protección social. Frente a ello, en los últimos años, España y la Unión Europea han impulsado avances normativos orientados a mejorar la protección laboral en el ámbito de las plataformas digitales. En el contexto español, la aprobación de la Ley 12/2021, conocida como “Ley Rider”, representa un paso para garantizar derechos laborales en el trabajo en plataformas, aunque su alcance principal se dirige al reparto.
Además, el sector ha celebrado la ratificación por parte de España en 2022 del Convenio 189 de la OIT, que reconoce derechos como contrato formal, acceso a prestaciones sociales y equiparación de condiciones con otros trabajadores. El Real Decreto-ley 16/2022 obliga a la inscripción en la Seguridad Social y facilita el acceso al desempleo, mientras que el Real Decreto 893/2024 extiende las medidas de prevención de riesgos laborales al trabajo doméstico. A nivel europeo, la Directiva (UE) 2024/2831 fija estándares mínimos de derechos y protección para quienes trabajan en plataformas. Pese a esto, aún persisten lagunas en la protección de quienes prestan servicios sin contrato formal, especialmente aquellas en situación administrativa irregular.
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