
La Fiscalía Provincial de Valencia no aprecia delito en la actuación de la exvicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad entre 2015 y 2019, Mónica Oltra, en el caso que investiga un presunto encubrimiento de abusos sexuales cometidos por su exmarido a una menor tutelada por la Generalitat Valenciana. Así lo recoge el escrito de calificación del ministerio público, al que ha tenido acceso la agencia EFE.
“Los hechos relatados no son constitutivos de infracción criminal alguna”, señala la Fiscalía, que ha presentado una calificación absolutoria para Oltra y parte de su equipo en la Conselleria de Igualdad. El órgano judicial sostiene que no procede formular acusación ni solicitar penas de prisión o multas para la que también fuera dirigente de Compromís.
Oltra presentó su dimisión en junio de 2022 tras ser imputada por este caso. La investigación judicial contra ella y una docena de funcionarios de su departamento ha atravesado diversas fases en los últimos años. En abril de 2024, el Juzgado de Instrucción número 15 de València decidió archivar la causa, al considerar que no había pruebas de que la exconsellera encubriera los abusos de su entonces pareja, el educador Luis R. Icardi, quien fue condenado previamente a cinco años de prisión por estos hechos.
Reapertura de la causa por orden de la Audiencia
La Audiencia Provincial de Valencia reabrió el caso dos meses después, en junio de 2024, tras estimar parcialmente los recursos presentados por la víctima y por las acusaciones populares representadas por el partido Vox y la asociación Gobierna-te. Esta última está vinculada a la activista Cristina Seguí. El abogado de la víctima es el empresario de seguridad y líder de la formación ultraderechista España 2000, José Luis Roberto.
Para justificar la reapertura, el tribunal argumentó que había indicios “plausibles” de delito y que no se podía descartar la posible comisión de una infracción penal por parte de los investigados. Según el auto, “tratándose de hechos de considerable complejidad, en los que intervinieron de diferentes maneras y en distintos momentos un considerable número de personas”, no era posible cerrar definitivamente la vía penal en esta fase del procedimiento.

La Sección Cuarta de la Audiencia confirmó en mayo el procesamiento de Oltra y de algunos de sus colaboradores, al desestimar los recursos de apelación presentados por varios funcionarios. La exvicepresidenta, por su parte, ni recurrió el auto ni se adhirió a las apelaciones. El procesamiento fue dictado “por imperativo legal” por el juzgado de instrucción, siguiendo la orden del órgano superior de reabrir una causa que había sido archivada provisionalmente.
La acusación mantiene su petición de condena
La víctima, que era menor de edad cuando ocurrieron los hechos, reclama una pena de tres años y medio de prisión y doce años de inhabilitación para Oltra, una solicitud a la que se suma la formación Vox. Ambas acusaciones sostienen que existió una estrategia para proteger institucionalmente a Icardi, quien en el momento de los abusos ejercía como educador en un centro de menores dependiente de la Conselleria de Igualdad.
La Fiscalía, sin embargo, insiste en que no se desprenden responsabilidades penales en la actuación de los investigados. En su calificación, asegura que “no proceden pronunciamientos relativos a participación, circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, penas o responsabilidades civiles”, desmarcándose así de las acusaciones particulares y populares.
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