Procedente el despido de un teleoperador de Orange por sustraer varios ordenadores de su empresa: uno de ellos se lo llevó para teletrabajar y nunca lo devolvió

En paralelo, la empresa también tuvo conocimiento de que el trabajador había sido condenado previamente en un procedimiento penal como autor de un delito leve de estafa

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El logotipo de Orange en
El logotipo de Orange en una tienda de la empresa en Ronda, Andalucía (REUTERS/Jon Nazca)

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha avalado el despido disciplinario de un trabajador de Orange España Servicios de Telemarketing S.A.U. por una conducta reiterada de abuso de confianza y uso indebido de material informático de la empresa. En una sentencia dictada el 24 de abril de 2025, la Sala de lo Social ha confirmado la procedencia del despido acordado por la compañía, rechazando el recurso presentado por el afectado y ratificando la resolución previamente adoptada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo.

El trabajador prestaba servicios para la empresa Orange España Servicios de Telemarketing S.A.U. desde el año 2014, desempeñando funciones en el área de atención telefónica y soporte técnico. Su puesto implicaba acceso a material informático básico y, ocasionalmente, a dispositivos proporcionados por la empresa para el desempeño de sus funciones, incluyendo equipos habilitados para el trabajo en remoto.

Durante la pandemia, como parte del plan de adaptación al teletrabajo implementado por la empresa, el trabajador recibió un ordenador portátil para poder continuar con su actividad desde su domicilio. Sin embargo, tal como se recoge en la sentencia, ese equipo nunca fue devuelto, pese a los requerimientos expresos de la compañía una vez finalizada la situación que motivó su entrega. Esta situación, que inicialmente parecía un simple descuido logístico, se vio agravada por otras conductas detectadas posteriormente.

Accedía a una zona cerrada y restringida

En el segundo semestre de 2022, Orange inició una investigación interna a raíz de irregularidades en el control de acceso a sus instalaciones y en la asignación de equipos informáticos. Durante ese proceso, se constató que el trabajador accedía reiteradamente y fuera de su horario laboral a un espacio denominado Área de Sistemas, una zona cerrada y con entrada restringida al personal técnico autorizado. En ese lugar se custodiaban equipos de trabajo, dispositivos de repuesto y otros recursos sensibles de la empresa.

Además de esos accesos no autorizados, el empleado fue vinculado al uso y retención de varios ordenadores que no le habían sido asignados, incluidos equipos que en realidad pertenecían a compañeros ya desvinculados de la empresa. La empresa documentó que había operado hasta con diez ordenadores distintos, lo que excedía con mucho lo necesario para el desarrollo normal de sus tareas. Cuatro de esos dispositivos continuaban desaparecidos en el momento de la inspección interna. Uno de los equipos bajo su custodia se encontraba, además, con daños físicos.

Condenado por un delito leve de estafa

En paralelo, la empresa también tuvo conocimiento de que el trabajador había sido condenado previamente en un procedimiento penal como autor de un delito leve de estafa, por haber utilizado sin consentimiento los datos personales de una compañera para abrir una cuenta de apuestas en línea. Aunque ese hecho no fue el desencadenante directo del despido, sí fue tenido en cuenta en la decisión final de la empresa, al considerar que afectaba de forma significativa al vínculo de confianza en la relación laboral.

El Supremo pone límite a los despidos disciplinarios: no pueden realizarse sin que el trabajador tenga la posibilidad de defenderse.

Este conjunto de actuaciones —desde el uso indebido del equipo de teletrabajo hasta el acceso irregular a zonas restringidas y la sustracción no justificada de material— constituyó el marco fáctico previo al despido disciplinario que Orange formalizó en enero de 2023 y que ahora ha sido confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.