
La pensión de alimentos, que es un tema central en los procesos de divorcio o separación, genera múltiples interrogantes entre los progenitores, especialmente en lo que respecta a su cálculo y los gastos que deben cubrirse.
Porque además, la ley no establece una cantidad fija para esta obligación, lo que complica su determinación y suele ser motivo de controversia en las negociaciones entre todas las partes.
Lo que sí se puede saber es que, de acuerdo con el Código Civil, la pensión de alimentos se define como la contribución de los progenitores a los gastos ordinarios de los hijos. Esto incluye alimentación, vivienda, vestido, asistencia médica y educación, además de los gastos relacionados con el embarazo y el parto, siempre que no estén cubiertos por otros medios.
Otro punto importante es que, según el artículo 93 del Código Civil, el juez es quien determina la contribución de cada progenitor, considerando las circunstancias económicas y las necesidades de los hijos en cada momento. Asimismo, el artículo 142 amplía el concepto de alimentos, señalando que estos abarcan todo lo indispensable para el sustento y la formación de los hijos, incluso después de alcanzar la mayoría de edad si no han concluido su formación por causas ajenas a ellos.
Entonces... ¿Cómo es posible averiguar cuál va a ser la pensión alimenticia en casos específicos?
Los factores que analizan los jueces para determinar la pensión alimenticia
El cálculo de la pensión de alimentos no está regulado con cifras concretas en la legislación, pero existen criterios establecidos para determinar su cuantía.
Los jueces, en cada caso, evalúan factores como los ingresos de los progenitores, el número de hijos, quién conserva el uso de la vivienda familiar, la existencia de préstamos hipotecarios y si hay circunstancias especiales de salud o educación.
Además, los acuerdos previos entre las partes y las diferencias en el coste de vida según la Comunidad Autónoma también influyen en la decisión. Por ejemplo, no es lo mismo residir en Madrid que en Extremadura, donde los gastos pueden variar significativamente.
La proporcionalidad es el principio rector en el cálculo de la pensión de alimentos, tal como lo establece la doctrina del Tribunal Supremo en varias sentencias, entre ellas la STS 586/2015.
Este principio implica que la pensión debe ajustarse tanto a la capacidad económica del progenitor obligado al pago como a las necesidades de los hijos. En casos donde ambos progenitores tienen la obligación de contribuir, el pago se reparte proporcionalmente según los ingresos de cada uno.

Hay tablas orientativas para saber calcular la pensión
Para facilitar el cálculo de la pensión, el Consejo General del Poder Judicial ha desarrollado unas tablas orientativas que permiten estimar una cantidad aproximada.
Estas herramientas consideran factores como la Comunidad Autónoma, el número de hijos y los ingresos de los progenitores.
Sin embargo, estas calculadoras no tienen en cuenta otros elementos importantes, como los gastos adicionales que pueda asumir el progenitor no custodio, por ejemplo, el pago de una hipoteca o el alquiler de una nueva vivienda.
Por ello, se recomienda recurrir a un abogado especializado en derecho de familia para analizar cada caso de manera individual y garantizar que todos los factores relevantes sean considerados en el juzgado.
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