
La Audiencia Provincial de Barcelona ha abordado un particular caso de modificación de pensión alimentaria en el que un padre contrató a un detective para verificar si su hijo trabajaba, poniendo asimismo en cuestión mantenerlo como heredero de sus bienes una vez fallezca.
El conflicto comenzó el 29 de junio de 2023, cuando Aurelio, el padre, presentó una demanda para solicitar la extinción de la pensión alimentaria que venía abonando mensualmente a su hijo Braulio, quien ya había alcanzado la mayoría de edad.
Según la sentencia original de 2010, Aurelio debía pagar 379,32 euros al mes por los alimentos del hijo, pero el padre argumentó que desde 2019 su hijo ya era económicamente independiente, por lo que la pensión debería extinguirse. Además, afirmó que el hijo ya no residía con la madre, como había sido indicado en el acuerdo inicial, y que había comenzado a trabajar.
El detective
Ante la falta de comunicación por parte de la madre, Aurelio contrató a un detective privado para investigar la situación. El informe obtenido por el detective fue crucial: no solo confirmaba que el hijo estaba trabajando y viviendo de forma independiente, sino que además revelaba que la madre y la abuela de Braulio ocultaron esta información, afirmando que el hijo aún vivía con ellas.
En el juicio de primera instancia, celebrado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Cerdanyola del Vallés, la madre no respondió a la demanda, quedando en rebeldía. Aurelio argumentó que, al no recibir notificación sobre la situación laboral del hijo y la imposibilidad de comunicarse directamente con él, no tenía otra opción que acudir a la contratación del detective.
Por su parte, la madre alegó en su defensa que no estaba de acuerdo con la extinción de la pensión, pero no pudo probar que su hijo aún dependiera económicamente de Aurelio. La falta de evidencia sobre la situación real del hijo y la evasiva actitud de la madre llevaron al tribunal a dictar una sentencia favorable para Aurelio, decretando la extinción de la pensión alimentaria desde la fecha de la demanda.
La parte recurrida, representada por la madre, presentó un recurso de apelación argumentando que la extinción de la pensión debía haberse aplicado desde el momento de la sentencia y no desde la interposición de la demanda. Además, la apelante cuestionó la validez del informe del detective.
La sentencia
Sin embargo, el tribunal de la Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia de primera instancia. En sus fundamentos jurídicos, la Sala destaca que la madre había incumplido su obligación legal de comunicar cualquier cambio en la situación laboral de su hijo, tal como se establece en el artículo 237-9.2 del Código Civil Catalán.
Según este artículo, es responsabilidad del alimentado (en este caso, el hijo) informar al alimentante (el padre) sobre cualquier modificación que afecte a la pensión alimentaria, y el hecho de que la madre no hubiera cumplido con este deber justificó la demanda de Aurelio.
El informe del detective, que no fue refutado en ningún momento, permitió corroborar que el hijo ya era independiente económicamente, lo que dio base a la extinción de la pensión. Asimismo, la actitud renuente de la madre y la abuela para confirmar la independencia del hijo, junto con la falta de un acuerdo claro por parte de la madre sobre la extinción de la pensión, han sido elementos clave en la decisión del tribunal.

La desheredación
En el proceso también se trató la amenaza de desheredación que Aurelio planteó hacia su hijo debido a la falta de comunicación y la evasiva actitud de la madre. Aunque este punto no es resuelto en la sentencia, el tribunal hace hincapié en la complejidad de las relaciones familiares y el impacto que este tipo de decisiones puede tener en el bienestar emocional de los involucrados.
El tribunal concluye que, en este caso, la acción de Aurelio para extinguir la pensión alimentaria fue razonable y justificada por la ocultación de información por parte de la madre. Además, se destaca que la madre nunca mostró un acuerdo claro con la extinción de la pensión, lo que obligó a Aurelio a recurrir a medios externos, como el detective, para obtener pruebas de la independencia económica de su hijo.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación interpuesto por la madre y ratifica la extinción de la pensión alimentaria. La sentencia se basa en la falta de cumplimiento de la madre con sus deberes informativos y en la evidencia presentada por el informe del detective. En cuanto a las costas procesales, la madre es condenada a pagar.
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