
Desde mañana 2 de abril y hasta el próximo 30 de junio estará abierto el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Se trata de un momento clave para los trabajadores, ya que, en el caso de que las retenciones pagadas por el contribuyente superen la cuota efectiva debida, Hacienda procederá a reembolsar la diferencia. Por el contrario, si la cantidad retenida es inferior, será el contribuyente quien deba abonar la diferencia correspondiente al organismo.
Por ello, muchos contribuyentes buscan diversas formas de optimizar sus deducciones. Una de las opciones disponibles consiste en las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para aquellos que realicen reformas en su vivienda.
En términos generales, estas reformas que permiten desgravaciones fiscales en la declaración de la Renta están relacionadas con la mejora de la eficiencia energética en las viviendas. Existen varias opciones y en todas se necesita acreditar este ahorro energético mediante un certificado de eficiencia energética.
Deducción por obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración
Esta deducción se aplica a viviendas habituales o a cualquier propiedad de titularidad que esté alquilada con fines residenciales, siempre que el alquiler se realice antes del 31 de diciembre de 2025.
Las reformas deben lograr una reducción mínima del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. La base de la deducción corresponde al total gastado en las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, con un límite de 5.000€, y el porcentaje de deducción es del 20%.
Deducción por obras para mejorar el consumo de energía primaria no renovable
Aplica a viviendas habituales o propiedades arrendadas con fines residenciales, siempre que el alquiler se realice antes del 31 de diciembre de 2025. Las reformas deben reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda, alcanzando una clase energética «A» o «B».
La base de la deducción corresponde a los gastos de las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, con un límite de 7.500€, y el porcentaje de deducción es del 40%.
Deducción por obras de rehabilitación energética:
Aplica a viviendas, garajes y trasteros ubicados en edificios residenciales. Las obras deben reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética del edificio, alcanzando una clase «A» o «B».
Si el certificado se expide en el mismo periodo impositivo, la base de la deducción corresponde al gasto realizado durante ese año, con un máximo de 5.000€. Si el certificado se expide en un año anterior, las cantidades satisfechas ese año también tienen un límite de 5.000€. Las cantidades no deducidas por exceder el límite anual podrán trasladarse a los siguientes cuatro años, con un máximo total acumulado de 15.000€.
En el caso de obras realizadas por una comunidad de propietarios, la base de la deducción para cada propietario se calculará aplicando el coeficiente de participación correspondiente, y el porcentaje de deducción es del 60%.
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