
El Congreso debate este martes una ley del PSOE sobre la reducción de la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales. Esta norma, fruto del compromiso del Ministerio de Interior y de la Dirección General de Tráfico (DGT) para acabar con el consumo de alcohol antes de conducir, iniciará previsiblemente su recorrido parlamentario después de que el Congreso avalara hace unos meses mediante una proposición no de ley una iniciativa en esta dirección.
Con el ánimo de mejorar la seguridad vial, el texto legislativo habla de rebajar la tasa máxima permitida de alcohol al volante: de 0,5 gramos por litro en sangre a 0,2 (0,1 miligramos por litro de aire aspirado). Por otro lado, plantea la prohibición de la difusión de información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, claramente complementarias.
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“Estas propuestas no tienen un enfoque represivo, sino que persiguen, como es propio de cualquier sociedad moderna y democrática, que sus ciudadanos puedan ejercer con seguridad su derecho a la libre circulación sin ver comprometidas su vida y su integridad física, todos ellos derechos fundamentales reconocidos por nuestro texto constitucional”, reza la exposición de motivos.
La proposición de ley de los socialistas subraya que las investigaciones disponibles demuestran que el consumo de alcohol, aun en cantidades relativamente pequeñas, “aumenta la probabilidad de que se produzca un accidente y también empeora la gravedad del accidente”. De este modo, recoge: “Los conductores con una tasa entre 0,05 y 0,25 miligramos por litro de aire espirado (0,1 y 0,5 gramos por litro en sangre) tienen hasta tres veces mayor riesgo de accidente mortal, cuando se les compara con conductores sobrios”.
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Según un informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el 33% de los conductores fallecidos en España en accidentes de tráfico presentaban resultados positivos de alcohol en sangre y también el 29% de los peatones fallecidos. Asimismo, según la Fiscalía General del Estado, en el año 2023 se registraron 50.071 condenas penales por conducir con altas tasas de alcohol. Por otra parte, “en las pruebas de alcoholemia realizadas a conductores implicados en siniestros de tráfico en el primer semestre del 2024, el 5,61% dieron resultados positivos”, dice la ley.
Por ello, la norma plantea el establecimiento de una tasa de 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre para todos los conductores, independientemente del tipo o antigüedad de su permiso. Esta medida, según agrega el PSOE, “eliminaría los problemas de comunicación y confusión que supone tener normas diferenciadas para conductores noveles y profesionales”.
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“Se trata, por ello, de trasladar una misma tasa para todos igual y un mensaje muy claro que proscriba la extendida idea de que un consumo moderado es aceptable y está permitido, y solo los excesos están prohibidos. Los mensajes sobre el consumo de alcohol y la conducción deben ser claros y contundentes para la persona conductora (sólo 0,0 es seguro)”.
Contra los grupos y apps para alertar sobre los controles policiales
En cuanto a la prohibición de difundir información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, el PSOE justifica que “la vigilancia efectiva, el control policial y el cumplimiento de las sanciones y de las penas son el mejor instrumento para transmitir el mensaje de que el cumplimiento efectivo de la ley”.
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La norma pone el foco “la existencia de grupos organizados que utilizan las redes sociales y las aplicaciones de mensajería instantánea para teléfonos móviles, como instrumento para proteger la impunidad de una minoría de personas conductoras peligrosas y contumaces, frecuentemente causantes de siniestros viales, mediante la difusión de avisos cuyo contenido advierte de la situación de dichos controles policiales, en especial de los de alcohol y drogas, con la finalidad de que puedan evitarlos”.
La proposición de ley advierte de que el ejercicio del derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión “no puede poner en peligro la vida, la integridad física y la libertad de circulación en condiciones de seguridad de los demás”. Acto seguido, recuerda que los derechos fundamentales deben interpretarse de forma “armónica”, sobre la base del principio de proporcionalidad en su ejercicio, sin que ninguno de ellos pueda “imponerse sobre los demás o permita, fruto de una consideración maximalista, dar carta de naturaleza o ser pretexto para poner en riesgo los restantes”.
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Por ende, determina que estos grupos organizados de usuarios y las aplicaciones que advierten de la ubicación de controles aleatorios supone “una seria amenaza para la seguridad vial, y, en consecuencia, para la vida y la integridad física de las personas”. En este sentido, insta a los poderes públicos a “perseguir e impedir estas conductas totalmente reprochables, adoptando medidas eficaces tendentes a impedir la difusión de información que pueda restar eficacia a la labor policial en el control de conductas antijurídicas y frecuentemente delictivas”.
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