
La cotización a la Seguridad Social durante el desempleo es una de las principales dudas entre quienes se encuentran en paro. La diferencia entre la prestación contributiva por desempleo y el subsidio para mayores de 52 años es clave, especialmente en lo que respecta a la jubilación. Antonio Agustín Moles, abogado especializado en derecho laboral y cofundador de Agustín Moles Abogados, ha abordado esta cuestión en su cuenta de TikTok (@agustinmolesabogados), donde explica en qué casos se sigue cotizando y en cuáles no.
“¿Estás percibiendo la prestación de desempleo y tienes dudas sobre si esta prestación cotiza? Efectivamente, esta prestación cotiza para todas las prestaciones de la Seguridad Social. La base de cotización utilizada es la de los últimos seis meses cotizados”, explicó Moles en uno de sus videos. Para Moles es crucial conocer estas diferencias para quienes buscan planificar su futuro financiero y asegurarse una pensión adecuada.
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Diferencias de cotización entre la prestación contributiva y el subsidio
La prestación contributiva por desempleo, comúnmente conocida como el paro, permite seguir cotizando a la Seguridad Social por contingencias comunes, como jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. Sin embargo, no se cotiza por desempleo ni formación. La base de cotización se calcula según la media de los últimos 180 días cotizados antes de quedarse en paro. Durante los primeros seis meses, la cotización se mantiene al 100% de la base reguladora, y a partir del séptimo mes, se reduce al 50%, según la información del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Por otro lado, el subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una ayuda asistencial destinada a personas que han agotado la prestación contributiva o no han cotizado lo suficiente. A diferencia del paro, este subsidio solo cotiza para la jubilación. Además, mientras que la prestación por desempleo tiene un límite máximo de 24 meses, el subsidio para mayores de 52 años se mantiene hasta la edad ordinaria de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos.
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Una diferencia clave para la pensión futura

La principal diferencia entre ambas ayudas radica en cómo afectan a la pensión futura de los beneficiarios. Mientras que el paro permite cotizar por diferentes contingencias y con una base reguladora personalizada, el subsidio de mayores de 52 años solo cotiza para la jubilación y con una base fija, lo que puede influir en la cuantía de la pensión.
Antonio Agustín Moles advierte sobre la importancia de conocer estos detalles para tomar decisiones informadas: “Si estás percibiendo el subsidio de mayores de 52 años y tienes dudas de si cotiza, debes tener en cuenta que este subsidio únicamente cotiza para la prestación de jubilación y cotiza en función del 125% del salario mínimo interprofesional en cada momento”.
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En cuanto a la cuantía de estas ayudas, el subsidio para mayores de 52 años es fijo y equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que en 2024 representa 480 euros mensuales. Para acceder a esta prestación, se debe estar en situación de desempleo y no superar un determinado límite de ingresos.
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