
“La imagen es un dato en sí mismo”, dice un abogado a través de Tiktok (@xavi_abat) refiriéndose a grabar a personas por la calle, cuya legalidad suele causar dudas entre los ciudadanos en un mundo donde la tecnología, especialmente los teléfonos móviles, ha hecho que las cámaras sean algo casi onmipresente.
Todo el mundo lleva una cámara en su bolsillo, que podría sacar en cualquier momento y ponerse a grabar en la vía pública. De manera general, grabar en la calle está completamente permitido. Lo que va a determinar la legalidad de las grabaciones es su finalidad, es decir, el uso final que se haga de esas imágenes.
“La ley exigiría que pidieras el consentimiento a cada una de las personas que hayas grabado por la calle”, explica Xavier Abat a través de su cuenta de Tiktok en la que suele difundir contenido legal de interés general.
Sin embargo, a pesar de que esa sería la información que proporciona la ley, “no hace falta que lo hagas”, explica el abogado, quien añade que no siempre podemos preguntarle a todo viandante que camina por la calle sobre publicar sus imágenes en internet.
En el caso de grabaciones de uso particular (vídeos que hacemos en vacaciones, en reuniones de amigos o porque nos apetece captar un monumento o un evento que se esté procediendo en la calle), no hay ningún problema, puesto que las imágenes, como mucho, serán vistas por algunos familiares o amigos.
Excepciones
Sin embargo, si lo grabado va a ser publicado en redes sociales, una página web o una plataforma de reproducción de video como YouTube, idealmente se debería solicitar un consentimiento explícito como dice el abogado, pero a no ser que esté pensado para tener fines comerciales o publicitarios, muchas veces no hace falta porque la persona rara vez se entera.
“Si alguien te pide que retires la imagen, tendrás que hacerlo”, apunta Abat, que además distingue una serie de excepciones que recoge la ley para evitar problemas de cesión de imagen, muy recurrentes en estos casos:
- Si quien aparece en el vídeo es un personaje público en el ejercicio de sus funciones, tampoco necesitaremos su consentimiento para publicar el vídeo.
- Prime el interés público o informativo de la noticia. Sin embargo, si lo que se graba es la comisión de un delito, lo idea es llevarlo a la policía para denunciarlos hechos antes de compartirlos en redes sociales.
- Imágenes totalmente accesorias, es decir, si el video tiene fines informativos y las personas que aparecen son accesorias, no es necesario su consentimiento para publicarlo, a no ser que sean menores.
Es importante comprender que difundir un vídeo en el que se puedan reconocer personas, ya sea a través de internet u otros medios de difusión pública, puede constituir una violación de su derecho a la propia imagen. En ciertos casos, también podría vulnerar los derechos a la intimidad y al honor.
Estos tres derechos son fundamentales y están amparados por la Constitución Española, y aunque no se puede hablar de penas por grabar un video sin consentimiento explícito, si podemos hacerlo por aquellos difundidos sin permiso.
Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el tema cambia cuando se trata de cámaras de seguridad, pues las sanciones por videovigilancia han aumentado casi un 30% en el último año y están entre las 10 más comunes recogidas en el anuario de la AEPD.
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