
Un lamento recorre a los padres que cumplen años y no son capaces de ahorrar, pensando en qué podrán dejar a sus hijos cuando ellos ya no estén, como herencia. En un último gesto, tratan de dejar un colchón de dinero o una vivienda que pueda salvar de apuros no deseados a los seres queridos. Lo cierto es que no es necesario tener un solo euro en el momento del fallecimiento para poder legar varios miles a un descendiente.
Lo explica la experta en finanzas Rocío Chipont, conocida en redes sociales por su labor divulgativa. En uno de sus últimos vídeos en TikTok, se pone en la piel de alguien ya con una avanzada edad que no puede permitirse ni comprar una vivienda y ya anticipa que, salvo sorpresa, apenas podrá preocuparse de llegar a final de mes y vivir dignamente, sin poder mirar al día que fallezca.
Pero hay una opción, subraya Chipont: son los seguros de vida, en este caso no los vinculados con una hipoteca, sino contratado de forma independiente. “A ver -explica Chipont-, el seguro de vida en hipoteca se utiliza para que cuando fallezcas, quede pagada. Pues el contratado en cualquier aseguradora se utiliza para que cuando mueras, le paguen la cantidad que tú quieras a quien tú quieras”.
“Entonces -continúa- es una manera de dejar una herencia sin tener dinero. Te pongo un ejemplo: imagina que cuando tú ya no estés, quieres dejarle a tus hijos 50.000 euros. Tú no tienes que tenerlos, los tiene el seguro, y para eso le pagarás una cantidad de 6 euros al mes a la aseguradora para que cuando tú mueras, tus hijos puedan recibir 50.000 euros”.

“Y cuanto más dinero quieras asegurar -termina-, más alta será la cuota cada mes. Además, no tienen por qué ser tus hijos, sino que puedes dejar de beneficiario de ese dinero a quien tú quieras”.
El coste del seguro de vida y los requisitos
En resumen, un seguro de vida ofrece una vía eficiente y directa para dejar una herencia a sus hijos, asegurando su bienestar financiero sin las complejidades y conflictos que pueden surgir en los procesos sucesorios tradicionales.
El coste de una póliza de seguro de vida varía en función de diversos factores, entre los que se incluyen:
- Edad del asegurado: a mayor edad, mayor será la prima debido al incremento del riesgo asociado.
- Estado de salud: las condiciones médicas preexistentes pueden influir en el coste de la prima.
- Monto del capital asegurado: una suma asegurada más elevada implicará un coste mayor.
- Coberturas adicionales: incluir protecciones como invalidez permanente o enfermedades graves puede incrementar el coste.
Los requisitos habituales para la contratación de un seguro de vida incluyen:
- Formulario de solicitud: proporcionar información personal y detalles sobre el beneficiario o beneficiarios.
- Cuestionario de salud: responder a preguntas relacionadas con su historial médico y hábitos de vida.
- Reconocimiento médico: en algunos casos, la aseguradora puede requerir exámenes médicos adicionales para evaluar su estado de salud.
- Documentación adicional: como identificación oficial y, en ocasiones, pruebas de ingresos o situación laboral.

Plazos y cómo recibir el dinero tras el fallecimiento
Cuando una persona fallece y ha contratado un seguro de vida, sus beneficiarios deben seguir un procedimiento para recibir la indemnización. En primer lugar, se requiere notificar el fallecimiento a la aseguradora, lo que permite iniciar el proceso de reclamación. A continuación, se deben presentar ciertos documentos, como el certificado de defunción del asegurado, una copia de la póliza (si se dispone de ella) y un documento que acredite la identidad del beneficiario. Además, en algunos casos, se solicita el certificado de últimas voluntades para confirmar la inexistencia de testamentos que pudieran afectar a la designación de beneficiarios.
Una vez entregada toda la documentación, la aseguradora dispone de un plazo máximo de 40 días para efectuar el pago. Este puede realizarse en un único abono, en forma de rentas periódicas o combinando ambas opciones. Sin embargo, el dinero recibido está sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, aunque las exenciones y reducciones fiscales varían según la comunidad autónoma en España.
En el caso de que no se haya designado beneficiarios específicos, el capital asegurado pasa a formar parte de la herencia y se reparte conforme a las normas sucesorias. En situaciones en las que existan varios beneficiarios, la cantidad se distribuye en función de los porcentajes establecidos en la póliza.
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