
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado dos recursos de súplica interpuestos contra su auto previo del pasado 23 de diciembre por el que el Pleno del Alto Tribunal valenciano acordó la inadmisión de las querellas y denuncias contra el presidente de la Generalitat por su gestión de la Dana.
En esta nueva resolución, la Sala coincide con el criterio del Ministerio Fiscal y rechaza la vulneración de derechos que esgrimían los recurrentes, al tiempo que señala que los indicios aportados por éstos “resultan a todas luces insuficientes e infundados en orden a aplicar las normas de competencia asociadas a la prerrogativa de aforamiento”.
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“No solo no permiten otorgar a los datos ofrecidos la consideración de indicios decisivos, sino que además nos aproximan a una investigación sumamente compleja en orden a deslindar conductas -las instituciones y organismos implicados así como las personas que intervienen en la toma de decisiones son numerosos- y hallar elementos indiciarios bastantes referidos tanto al carácter delictivo de los hechos -y en esta fase se mencionan solo la omisión del deber de socorro y la prevaricación administrativa con alguna insinuación respecto al homicidio-, como a la implicación en los mismos, intencionada o en su caso negligente, del aforado”, precisa el auto.
Los magistrados sostienen que no se pueda descartar “absolutamente el carácter delictivo de todos y cada uno de los hechos mencionados en las querellas y denuncias presentadas”, pero explican que el archivo de las mismas “se ampara en la ausencia de indicios suficientes para imputar estos hechos a la persona aforada y asumir así la competencia especial” que se atribuye legalmente al Tribunal Superior.
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Las denuncias contra Mazón
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) tiene registradas dos querellas y tres denuncias contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por la gestión de la DANA del 29 de octubre, que ha dejado un balance aún provisional de 220 víctimas mortales y daños millonarios en más de 80 municipios de la provincia de Valencia.
En cuatro de ellas, los escritos de denuncia o querella están registrados y pendientes de decisión de la Sala sobre la competencia y admisión o inadmisión. En una quinta, una querella presentada por un particular, se ha emplazado al querellante para completarla presentando un poder especial para su interposición, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
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Así constan en la sala: una querella interpuesta por la organización Iustitia Europa; una denuncia interpuesta por el sindicato CGT ante la Fiscalía Provincial por delito contra los derechos de los trabajadores, remitida a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV al tener constancia del registro de la querella anterior; dos denuncias de particulares, abogados --una de ellas también dirigida contra la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas--; y la quinta querella a falta de completar.
Además, por vía contencioso-administrativa, el alto tribunal valenciana tiene registrado otro recurso presentado por un abogado por inacción contra la Presidencia de la Generalitat Valenciana y la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las emergencias (AVSRE).
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En este caso, el recurso está admitido a trámite y en tramitación y, conforme al artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, se ha remitido oficio a la Administración demandada para que remita los expedientes administrativos.
En otro recurso por esta misma vía, con solicitud de medidas cautelarísimas contra la Delegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana, interpuesto por Liberum, la Sección Cuarta de esta sala del TSJCV se declaró no competente para resolverlo por ir dirigido contra el Gobierno central, por lo que se inhibió en favor de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
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(Noticia con información de Europa Press)
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