El Bono Social Térmico es una prestación económica que el Gobierno de España otorgaba anualmente a los consumidores vulnerables para ayudarles a cubrir los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. La ayuda ofrecía la posibilidad de disminuir los gastos de electricidad a numerosas familias, ya que consistía en un descuento aplicado directamente a la factura de la luz. Un descuento que ya no existirá (al menos, por el momento).
Y es que, aunque la subvención iba a prorrogarse durante este 2025, el freno al decreto ómnibus de este miércoles en el Congreso de los Diputados -que cayó con los ‘noes’ de PP, Vox o Junts-, ha eliminado su continuación. De esta manera, el descuento no estaría disponible durante los primeros meses de 2025 y habría que esperar a ver si se aprueba más adelante.
Como resultado, todas las familias en España deberán hacer frente a las próximas facturas de electricidad sin disponer del apoyo económico que anteriormente proporcionaba el Gobierno.
El decreto ley que se sometió a convalidación el miércoles en el Congreso recogía numerosas medidas sociales, como la subida del 2,8% para las pensiones contributivas, la extensión de los descuentos en el transporte público, las ayudas a los afectados por la DANA, la prohibición de cortes de suministros básicos y desahucios para familias vulnerables, el mantenimiento del aumento del SMI (ahora ha vuelto a niveles de 2023), las becas educativas, las ayudas a los agricultores afectados por los efectos climáticos, el apoyo a las pequeñas empresas y microempresas o las ayudas a la industria electro-intensiva y a los autónomos.
En qué consistía esta ayuda
El bono social eléctrico es un descuento aplicado a la factura de electricidad destinado a los consumidores acogidos a la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) que cumplan con los requisitos de vulnerabilidad, incluyendo las categorías de consumidores vulnerables, vulnerables severos y en riesgo de exclusión social. Para este 2025 los descuentos iban a ser:
- Del 1 de enero al 30 de junio de 2025:
- Consumidores vulnerables: 50% de descuento.
- Consumidores vulnerables severos: 65% de descuento.
- Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025:
- Consumidores vulnerables: 42,5% de descuento.
- Consumidores vulnerables severos: 57,5% de descuento.
En casos de vulnerabilidad severa, si el consumidor está siendo atendido por los servicios sociales de una administración local o autonómica que asuma al menos el 50% de la factura, será considerado en riesgo de exclusión social y no podrá sufrir cortes en el suministro eléctrico.
Los consumidores vulnerables son aquellos cuya renta anual conjunta de la unidad de convivencia se sitúa entre 1,5 y 2 veces el IPREM en 14 pagas, dependiendo del tamaño del hogar. También se consideran vulnerables las familias numerosas con título oficial, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y los pensionistas del Sistema de la Seguridad Social que perciban la pensión mínima vigente por jubilación o incapacidad permanente. En el caso de los pensionistas, no deben contar con ingresos adicionales que superen los 500 euros anuales.
Los consumidores vulnerables severos, por su parte, son aquellos con una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos para consumidores vulnerables. En el caso de pensionistas que perciban la pensión mínima por jubilación o incapacidad permanente, el límite de renta anual para ser considerados vulnerables severos es de 1 vez el IPREM en 14 pagas, siempre que no tengan otros ingresos. Para las familias numerosas, el criterio de renta anual para la categoría de vulnerables severos es igual o inferior a 2 veces el IPREM en 14 pagas.
Los consumidores en riesgo de exclusión social son aquellos considerados como consumidores vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie como mínimo el 50 % del importe de su factura.
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