
El síndrome de fibromialgia es una enfermedad crónica que provoca dolores por todo el cuerpo y una profunda fatiga, entre muchos otros síntomas como los trastornos del sueño, la ansiedad o la depresión. Se desconocen las causas que la provocan, y si bien hay algunos tratamientos que pueden aliviar en parte sus efectos, se trata de una patología que no tiene cura.
En 2017, a Margarita le concedieron la incapacidad permanente total después de que le fuera diagnosticada esta enfermedad. Esta condición implica que, pese a que no puede realizar ninguna o algunas de las actividades esenciales de su trabajo anterior -camarera-, sí puede dedicarse a otra profesión, razón por la que se ofrece una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, incrementable al 75% en caso de que se trate de una incapacidad total cualificada y la persona tenga más de 55 años -tiene 65-.
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A pesar de esto, Margarita pidió en 2020 una revisión de este estado y solicitó que se le concediera la incapacidad permanente absoluta, es decir, que la declararan incapaz de realizar cualquier tipo de actividad laboral, y que en consecuencia le ingresaran una pensión del 100% de la base reguladora. La razón: el padecimiento de un “trastorno depresivo mayor grave cronificado y recurrente”.
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Una sala de lo social en Barcelona admitió su petición, pero posteriormente se la denegó tras una apelación, manteniendo que las limitaciones que sufría, con todo, correspondían únicamente a una incapacidad permanente total para su profesión. Por ello, a finales de 2023, la mujer decidió recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que recientemente ha emitido una resolución.
Las pruebas resultaron insuficientes
Este órgano decidió admitir el recurso de suplicación, por lo que a continuación se dispuso a evaluar el caso concreto de esta camarera, enfrentada con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El caso de Margarita tiene una historia previa de complicaciones médicas. Inicialmente, se le había reconocido una situación de incapacidad permanente total debido a problemas de salud como cervicoartrosis, espondiloartrosis, además de la mencionada fibromialgia y otras patologías.
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Cabe decir que, tras buscar una revisión, el INSS rechazó su petición y una Sala de lo Social se la admitió, si bien la Seguridad Social logró revertir esta decisión en una instancia previa de apelación. Ahora, ante el Tribunal Superior, Margarita presentó informes médicos que destacaban un trastorno depresivo de mayor gravedad. Sin embargo, la corte determinó que estos diagnósticos, provenientes de un centro médico privado, no tenían el respaldo suficiente frente a otros elementos probatorios utilizados por el tribunal. La resolución judicial argumentó que los documentos ofertados por Margarita no demostraban un empeoramiento significativo suficiente para modificar su grado de invalidez actual.
La decisión final desestimó el recurso de suplicación presentado por Margarita, dejando firme la sentencia que mantiene su estatus de incapacidad permanente total. En sus fundamentos, el tribunal explicó que “la realización de una actividad por cuenta ajena tiene que ajustarse a unas exigencias de profesionalidad con cumplimiento de unos mínimos de continuidad, dedicación y eficacia”.
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Un refuerzo a la postura del INSS
De este modo, el tribunal se alineó con la valoración del Servicio de Gestión de Asesoramiento Médico (SGAM), que había calificado su trastorno como leve y sin limitación psicofuncional significativa. Además, la corte reiteró que para que una incapacidad se considere absoluta, la afectación debe inhabilitar completamente al individuo para cualquier labor, y este no fue el caso presentado por Margarita.
La Ley General de la Seguridad Social y su aplicación en este caso fueron claras en cuanto a los requisitos para que se conceda un estatus de incapacidad superior, los cuales no pudieron ser cumplidos bajo los documentos y argumentos presentados por Margarita. Así, con resolución se refuerza la posición del INSS en cuanto a la calificación del grado de incapacidad de Margarita, concluyendo un proceso que se ha extendido durante varios años y que ha transitado por múltiples etapas judiciales desde su inicio y aun puede prolongarse más con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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