
Que te paguen la gasolina y las comidas por trabajo está muy bien, pero no todo vale. El uso de vehículos de empresa para actividades laborales suele implicar que la propia compañía asuma los gastos relacionados, como el combustible, pero siempre dentro de un límite razonable. Así se desprende de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que ha ratificado la decisión de la compañía pesquera Pescanova de despedir a un empleado por razones disciplinarias, al encontrar justificados los motivos de la empresa en relación con el uso excesivo e injustificado de los recursos corporativos.
El conflicto se originó cuando la empresa Pescanova España SLU detectó irregularidades significativas en los gastos reportados por uno de sus trabajadores, Pedro Miguel (nombre ficticio), quien ocupaba el puesto de Director Comercial de Producto Fresco desde 1995. Según la documentación presentada en el caso, la empresa había encargado la implementación de un modelo de Presupuesto Base Cero con el objetivo de analizar y reducir costes. Durante la revisión del gasto estructural, se encontraron patrones de gasto que resultaron extraordinariamente altos en comparación con otros empleados de la misma división.
Más de 3.000 euros en gasolina en ocho meses y 68 comidas de grupo en un restaurante cercano al domicilio del trabajador
Entre los gastos cuestionados se incluían altos montos en gasolina y peajes, así como comidas de representación. De acuerdo con el informe de auditoría interna, Pedro Miguel habría registrado gastos de combustible que ascendían a 3.736 euros entre mayo de 2021 y enero de 2022, lo que correspondería aproximadamente a 31.000 kilómetros recorridos en ese periodo. A esto se sumaron irregularidades como repostajes de vehículos distintos en días consecutivos y durante fines de semana, incurriendo en un gasto elevado sin justificación profesional clara. También se observaron gastos en peajes y útiles adicionales en días no laborables.
La empresa destacó que se identificaron 68 comidas de grupo por un total de 8.074 euros, de las cuales 62% se realizó en un restaurante cercano al domicilio del trabajador, Casa Secunda. Presuntamente, muchas de estas comidas no se justificaron adecuadamente en relación con actividades laborales, violando así la política interna de gastos del Grupo Nueva Pescanova, que define con claridad los límites de estos gastos.
El Tribunal consideró que las evidencias eran suficientes para determinar la legalidad del despido. La sentencia concluyó que Pedro Miguel cometió una “falta de diligencia, compromiso y buena fe”, al transgredir la confianza depositada en él como parte fundamental de su labor profesional. En la revisión judicial se tuvo en cuenta además su posición de responsabilidad y las políticas estrictas de control implementadas por la empresa mediante el software SAP Concur, diseñado para la justificación de gastos.
El trabajador se respalda en que los gastos eran aprobados por su superior
En contraste, el trabajador había argumentado que todos los gastos habían sido previamente aprobados por su superior jerárquico, y que mantenía una segunda residencia en Pontevedra, lo cual justificaría algunos desplazamientos. Sin embargo, estas alegaciones no convencieron al Tribunal, que sostuvo que las justificaciones presentadas no cumplían con las normativas internas de la empresa sobre el reembolso de gastos. La ausencia de un control más estricto por parte de la empresa no fue considerada como causa suficiente para invalidar el despido disciplinario.
El fallo judicial no solo valida la decisión de Pescanova de salvaguardar sus intereses corporativos, sino que también establece un precedente para futuras disputas laborales sobre el uso y reembolso de gastos. La sentencia, que deja firme el dictamen original del tribunal, puede ser recurrida en casación para la unificación de la doctrina, aunque esto requiere seguir procedimientos específicos.
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