
Las amas de casa han sido uno de los colectivos más invisibilizados históricamente, sin embargo, no son un grupo pequeño. Según datos de 2023, en España hay unas 2,8 millones de mujeres y alrededor de 450.000 hombres que se dedican al cuidado del hogar. Estas personas trabajan como en cualquier otro empleo remunerado, pero no reciben sueldo.
De hecho, muchas de ellas, en su mayoría mujeres, han pasado gran parte o la totalidad de su vida laboral dedicadas a las tareas del hogar sin haber cotizado a la Seguridad Social. En estos casos en los que los que no han podido contribuir el mínimo exigido por la Seguridad Social (15 años), no tienen derecho a la prestación de jubilación.
Es decir, solo en el caso de que se haya trabajado en otro empleo remunerado y se haya cotizado el periodo mínimo, se tendrá derecho a una prestación contributiva, cuyo cálculo se realiza teniendo en cuenta el importe de las bases de cotización de los últimos 25 años antes de la jubilación y el número de años cotizados.
Sin embargo sí hay una ayuda del Estado -financiada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado- que pueden obtener y para la que no se necesita haber contribuido previamente. Este es el caso de la pensión de jubilación no contributiva.
Pensión no contributiva de jubilación
Esta prestación está dirigida a personas que no tienen recursos suficientes para su sustento y no han acumulado el derecho a una pensión contributiva. La cuantía para 2024 asciende a 7.250,60 euros anuales, distribuidos en 12 pagos mensuales de 517,90 euros, más dos pagas extra en junio y noviembre.
Para acceder a ella, se deben cumplir ciertos requisitos. Al igual que en una prestación contributiva, se deben se deben haber cumplido 65 años y haber residido en España al menos 10, de los cuales dos años deben ser consecutivos y justo antes de solicitar la prestación. Además, pueden acceder tanto ciudadanos españoles como extranjeros con residencia legal.
Por otro lado, el solicitante no puede tener ingresos superiores a 7.250,60 euros anuales en 2024. Si vive con familiares, el total de ingresos del grupo familiar no puede exceder ciertos límites, que varían según el número de convivientes y su relación familiar. Por ejemplo, si vive con su cónyuge o familiares de segundo grado:
- Con 2 personas: 12.326,02 euros anuales.
- Con 3 personas: 17.401,44 euros anuales.
- Con 4 personas: 22.476,86 euros anuales.
Si entre los convivientes están los padres o hijos del solicitante, los límites son más altos:
- Con 1 pariente: 30.815,05 euros anuales.
- Con 2 parientes: 43.503,60 euros anuales.
- Con 3 parientes: 56.192,15 euros anuales.
La gestión de esta prestación corresponde a las comunidades autónomas, excepto en Ceuta y Melilla, donde lo gestiona el Imserso. Las solicitudes y procedimientos están disponibles en las webs de los servicios sociales o de política social de cada región.
Además, hay que saber que la pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.

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