
Las personas que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social -menos de 15 años- pueden recibir una pensión no contributiva. Estas son de un importe menor que las contributivas -en 2024 es de 517,90 euros mensuales-, y la Seguridad Social tiene derecho a retirar el cobro, aunque se lleve recibiendo toda la vida.
Para cobrarla es necesario tener más de 65 años (estar jubilado) o tener una incapacidad permanente (discapacidad igual o superior al 65%), y los ingresos personales que se dispongan no deben ser superiores a 7.250,60 euros -fijado por el Gobierno en los presupuestos-, cifra que puede variar dependiendo de los miembros que compongan la unidad familiar o de los parientes que tenga que hacerse cargo.
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¿Qué debemos hacer para no perder la pensión?
Los motivos por los que pueden retirar la pensión no contributiva son haber superado el límite de ingresos máximos permitidos en cualquier momento en el que se esté recibiendo la ayuda, no declarar los ingresos de la unidad familiar, no informar de los cambios en la situación personal (como el estado civil) o cambiar de oficio o trabajo y no informarlo. Pero hay ocasiones en la que la administración la puede retirar si no se han comunicado los cambios que se han producido en la unidad familiar o si no se han presentado los documentos necesarios.
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Por ello, lo primero que hay que revisar es si se ha presentado la declaración de ingresos anuales -en el caso de los residentes extranjeros, la fe de vida-. El plazo para hacerlo son los tres primeros meses del año -hasta marzo- y se tienen que presentar los de toda la unidad de convivencia, es decir, los de toda la familia que conviva en la misma casa. Si no se ha presentado, la Seguridad Social podría retirar la ayuda.
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En segundo lugar, se debe notificar a la administración si ocurriese algún cambio en la unidad familiar. Variaciones como el número de personas en la familia, el estado civil o el lugar de residencia.
Además, es necesario saber que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede llevar a cabo investigaciones de revisión del oficio del pensionista, por lo que es necesario comunicar las variaciones que pueda recibir el receptor de la ayuda.
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Compatibilizar la pensión no contributiva con un trabajo
Recibir esta ayuda es completamente compatible con realizar una actividad remunerada, en el caso de que quien la reciba sea una persona con discapacidad. Pero hay que saber que solo se podrán cobrar durante un máximo de cuatro años y siempre que la suma de la cuantía anual de la pensión reconocida y de los ingresos anuales de la actividad laboral no superen el umbral fijado en el año. En 2024 el umbral asciende a 14.450,60 € (lo que supone la suma del IPREM -fijado en 7.200 euros- más el importe anual de la pensión no contributiva de 7.250,60 euros).
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