
Un juzgado de Barcelona ha condenado a un año de prisión al fotógrafo Jordi M. por el “acoso” al que sometió a Clara Chía tras iniciar su relación sentimental con el exfutbolista Gerard Piqué. El tribunal también obliga al paparazzi a indemnizar con la cantidad de 13.000 euros a la denunciante por los “daños morales” y le prohíbe comunicarse o acercarse a ella a menos de un kilómetro durante un año y medio.
La sentencia condena al fotógrafo a la pena de seis meses de prisión por un delito de acoso y otros tantos por un delito de lesiones. El fallo enumera varios episodios en los que la víctima, que era una “persona anónima” hasta iniciar su relación de pareja con Piqué, se sintió acosada por el denunciado.
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El paparazzi es condenado por un delito de lesiones porque, según ratificó un médico forense, Clara Chía sufrió un “trastorno adaptativo moderado” con “repercusiones en sus ámbitos personal, laboral y familiar” por el que tuvo que someterse a tratamiento terapéutico y farmacológico. La víctima reconoció haber tomado “durante un tiempo” alprazolam y fluoxetina. Todo ello, señala la sentencia, “viene a reconocer el estado de ansiedad, angustia, estrés postraumático, y depresión derivado de estos hechos”.
Los hechos probados del fallo relatan que “la conducta de vigilancia y seguimiento” a Clara Chía por parte del paparazzi “consistió en que, casi diario, se presentaba en su domicilio particular, y en su lugar de trabajo”, la empresa Kosmos. Esos seguimientos “incluían persecuciones por el interior del garaje privado, en vehículo a motor por Barcelona, a gran velocidad, en los viajes que como pareja hacían, en las visitas a los padres de su pareja, a restaurantes, a eventos de empresa, etc.”
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Jordi M. “no se limitaba a esperar a cierta distancia para sacar una foto, bien a ella, o bien a los dos integrantes de la pareja, sino que buscaba la proximidad física, provocaba una reacción de adverso que pudiera justificar la venta de un contenido a un medio de comunicación, fotografiándolos o grabando prácticamente pegado a ella o ellos”.
Tres meses sin poder salir de casa
En particular, las vigilancias del fotógrafo junto a la casa que Clara Chía compartía con sus padres la obligaron a cambiar su residencia a la vivienda de su pareja. En el trabajo, la víctima se vio obligada a acudir siempre “acompañada”. Además, la “persecución” se extendió las redes sociales, donde el paparazzi reveló cuál era su perfil personal, “lo que originó que recibiera un aluvión de mensajes peyorativos hacia su persona de seguidores y fans de la anterior pareja de Gerard Piqué”. Esta situación obligó a Clara Chía a cerrar sus cuentas en redes sociales.
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En conclusión, la sentencia remarca que los actos descritos le provocaron “importante afectación en su vida ordinaria”. Clara Chía “dejó de poder ir sola por la calle, dejó de quedar con sus amistades como siempre había hecho, en lugares públicos de Barcelona, pasando a relacionarse con ellas en mucha menor medida, y siempre en domicilios particulares. Pasó a tener que ir camuflada, en ocasiones en el maletero de un vehículo, necesitó de acompañamiento para ir al trabajo o algún otro lugar, dejó de ir al gimnasio, e incluso estuvo tres meses sin poder salir de casa y por tanto sin acudir al trabajo”.
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