
La campaña de la Renta del ejercicio 2024, que se presentará en 2025, introducirá importantes ventajas fiscales para los propietarios de viviendas que las pongan en alquiler. Estos incentivos tienen como objetivo impulsar el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles y frenar la subida en vertical de las rentas que en el último año se han incrementado un 12,6% y han colocado el precio del metro cuadrado en 12,7 euros.
Estos incentivos fiscales recogidos en la Ley de Vivienda que entró en vigor en mayo de 2023 benefician a los pequeños propietarios, y entre ellos destacan deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se aplican a los ingresos generados por el arrendamiento y que van del 50% al 90%.
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Las bonificaciones fiscales deben incorporarse en la declaración de la Renta que se presente en 2025 y establecen, como norma general, una desgravación del 50% que puede aumentar hasta el 90% si se cumplen determinados requisitos. Eso sí, sólo pueden acogerse a ellos los pequeños propietarios, es decir, los que tengan menos de cinco viviendas ubicadas en zonas de mercado tensionado.
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Para ello, es necesario que las comunidades autónomas declaren cuáles son esas zonas. Hasta ahora solo Cataluña lo ha hecho al implantar el 16 de marzo de este año el índice de precios de referencia para limitar el coste de los alquileres en 140 municipios tensionados.
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¿Cómo aumentar la bonificación?
La Ley de Vivienda fija en los nuevos contratos de arrendamiento un porcentaje de reducción en el IRPF del 50%, que podrá incrementarse en función de criterios como la bajada del precio del alquiler en zonas tensionadas.
Asimismo, los caseros que alquilen una vivienda en la que se han realizado obras de rehabilitación y de mejora dos años antes de la firma del contrato de arrendamiento tendrán un incentivo fiscal del 60%. Para ello, su coste total deberá superar el 25% del precio de adquisición o del valor de mercado de la propiedad.
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La bonificación aumenta hasta el 70% cuando el propietario es una entidad pública o una organización sin fines de lucro, que destina el inmueble al alquiler social, con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas del Plan Estatal de Vivienda. También llega al 70% cuando se alquila por primera vez una vivienda que se encuentra en una zona residencial tensionada y el inquilino tiene entre 18 y 35 años.
El mismo porcentaje lo reciben los arrendatarios cuyos alquilados son personas en situación de vulnerabilidad económica debido a que se han quedado sin empleo o sus ingresos han caído al menos un 40% o a familias cuya renta no supera los umbrales del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
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Incentivos del 90%
La bonificación más elevada, un 90%, la reciben los caseros cuyo inmueble en alquiler está en una zona tensionada y en el contrato de arrendamientos incorpora una bajada de la renta de al menos un 5% respecto al contrato anterior.
Agustina Battioli, experta del sector inmobiliario de Fotocasa, pone el ejemplo de un arrendatario con una vivienda en alquiler a un precio de 800 euros que aplica una reducción del 5%, por lo que el precio queda en 760 euros al mes.
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“Este propietario, cuyos rendimientos netos eran de 6.384 euros, actualmente tributa un 60% es decir, 3.830 euros. Con la nueva ley conseguiría una reducción de hasta el 90%, por lo que el importe sujeto a tributación descendería hasta los 638 euros”, señala Battioli.
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