
Las personas que hayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad Social están obligadas a reintegrar su importe, pero podrán hacerlo a plazos, de forma más flexible. Eso es al menos lo que pretende el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y de Migraciones en funciones a través de un real decreto por el que se modifica el reglamento de la recaudación y que posibilitará el pago fraccionado de las prestaciones cobradas de forma “indebida”. Esta medida afecta a todo tipo de ayudas, incluyendo el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ha generado problemas a muchas familias que se han visto obligadas a devolver parte de la prestación tras ser concedida de oficio.
De momento, el ministerio ha abierto a Audiencia Pública el real decreto, por lo que en caso de salir adelante, indican fuentes de la cartera a Infobae España, llevará tiempo ponerlo en marcha. La medida indica que el sujeto podrá “solicitar el establecimiento de diversos plazos reglamentarios para el reintegro de las cantidades adeudadas”, si bien su concesión “se vincula a la discrecional apreciación por el órgano competente para resolver de que la situación económica y demás circunstancias concurrentes impidan efectuar su reintegro en el plazo indicado en la reclamación”.
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La Seguridad Social señala que tras la experiencia adquirida en este procedimiento de reclamación de prestaciones indebidamente percibidas, se aconseja “eliminar este factor de discrecionalidad en la resolución sobre las solicitudes de fraccionamiento del pago de las cantidades adeudadas, posibilitando su concesión en cualquier caso en que sea solicitado por el interesado”.
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Más tiempo
El proyecto prevé dar más tiempo a los afectados en caso de que no se pueda cumplir con algún pago. Actualmente, según la regulación vigente, si se produce la falta de pago de un solo plazo, se revoca la opción de pago a plazos, por lo que ahora el real decreto “entenderá revocada dicha autorización únicamente cuando se produzca la falta de ingreso del importe correspondiente a tres de los plazos de fraccionamiento concedidos”.
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En ese sentido, los órganos de la Tesorería General de la Seguridad Social establecerán dichos plazos de fraccionamiento, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y hasta un máximo de cinco años, añade el real decreto. Los beneficiarios del fraccionamiento, indica el ministerio, deberán ingresar el importe de los correspondientes vencimientos mediante el sistema de domiciliación en cuenta abierta en una entidad financiera autorizada para actuar como oficina recaudadora de la Seguridad Social.
Afectados por el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital, una de las medidas estrella del Gobierno para paliar los efectos de la pandemia que entró en vigor en 2020, es una cuantía media mensual por persona beneficiaria de 171 euros y de 491 por hogar. Sin embargo, muchas de las personas que han percibido esta prestación han recibido notificaciones para devolverla, íntegramente o parte de ella, debido a cobros “indebidos”.
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De hecho, la plataforma de afectados ha denunciado las “injustas resoluciones” que, a su juicio, está aplicando la Administración, pues consideran que se ha producido tanto una falta de coordinación por parte de las diferentes administraciones como cálculos inadecuados de los ingresos económicos. A algunos afectados la Seguridad Social les exige devolver más de 10.000 euros al considerar que incumplen requisitos como superar el límite de ingresos con la pensión, deudas que no han podido pagar.
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