La Ley General de la Seguridad Social define la jubilación activa como una modalidad que permite compatibilizar la realización de cualquier actividad laboral con el disfrute de una pensión contributiva. Los trabajadores pueden continuar en sus puestos mientras reciben un porcentaje determinado de su correspondiente subsidio. Esta medida, que existe desde 2013, tiene un doble objetivo. Por un lado, contribuir a la sostenibilidad del sistema de pensiones y por otro, promover el envejecimiento activo para aprovechar los conocimientos y la experiencia de los profesionales interesados.
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Las personas mayores, cuando necesitan un ingreso superior al que contempla su pensión, pueden apostar por la modalidad de la jubilación activa y trabajar a jornada completa o parcial durante unos años. Los trabajadores recibirán el 50% de la prestación más el salario propio de su ocupación laboral. Además, podrán seguir cotizando por estas actividades al sistema de la Seguridad Social, aunque lo harán de forma reducida. La edad mínima para acceder a la jubilación activa es la misma que se establece para solicitar el retiro, es decir, 66 años y cuatro meses en caso de que se acrediten menos de 37 años y nueve meses cotizados. Los contribuyentes que superen esta cifra, pueden acceder a la jubilación activa con 65 años.
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Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos tienen que cumplir con una serie de requisitos para acceder a la jubilación activa. Para empezar, sólo pueden solicitar esta modalidad cuando ha pasado, como mínimo, un año desde el momento en el que se adquirió el derecho al retiro. Los interesados tienen que haber cumplido la edad ordinaria de jubilación y deben acreditar, al menos, un total de 37 años y nueve meses cotizados.
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Jubilación activa de autónomos en 2023
Los autónomos, cuando solicitan la jubilación activa, pueden seguir desarrollando su actividad laboral mientras cobran parte de la pensión. Las condiciones de esta modalidad son bastante parecidas a las que tienen que cumplir los trabajadores del régimen general, sin embargo, se detectan pequeñas diferencias. Los trabajadores por cuenta propia que tengan personal contratado y dado de alta, podrán acceder a su pensión íntegra durante los años que continúen al frente de la empresa.
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¿El cese de actividad cotiza para la jubilación?
Los trabajadores, durante la jubilación activa, pueden seguir cotizando, aunque lo harán de forma reducida. En estos casos, los ciudadanos sólo cotizan por incapacidad temporal y contingencias profesionales, además de un 9% en calidad de cotización especial de solidaridad. Con el cese de la actividad laboral, se recupera de nuevo el 100% de la pensión inicial, sin efectuar ningún recálculo. Los contribuyentes, durante el tiempo que deciden estirar su carrera profesional, pueden cobrar la mitad del subsidio correspondiente.
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