
El impuesto de sucesiones se aplica cuando se produce una transmisión de bienes o derechos de una persona física a otra. Se trata de un gravamen progresivo, personal y directo, puesto que recae sobre el patrimonio del contribuyente. Todas las personas tienen que hacer frente a esta tasa cuando reciben una herencia, porque se entiende que se benefician del patrimonio heredado. La gestión de este tributo es autonómica, por lo que en cada comunidad rige un porcentaje, que se obtiene tras la administración de las posibles deducciones y bonificaciones fiscales.
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Los herederos ven su riqueza amplificada, de ahí que tengan que pagar este peaje cuando reciben la herencia de un familiar fallecido. Cuanto más heredan, más alta será la cantidad a desembolsar. Muchos se preguntan si es posible pagar el impuesto de sucesiones con el dinero del difunto y efectivamente se puede hacer. De esta forma, si la persona que recibe la herencia no tiene la solvencia económica necesaria, puede cobrar igual su parte sin tener que poner dinero de su bolsillo. La operación es totalmente lícita y cada vez son más los ciudadanos que apuestan por esta alternativa.
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El Reglamento del Impuesto de Sociedades contempla en su artículo 80.3 esta posibilidad. Para pagar el tributo con el dinero de la herencia, lo primero que hay que hacer es contactar con la entidad bancaria de la persona fallecida. El banco les pedirá a los herederos toda la información sobre las posiciones de su antiguo cliente para poner a disposición sus fondos. Entre otros documentos, el personal de la sucursal exigirá la presentación del certificado de defunción, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y una copia autorizada del último testamento o, en su defecto, de la declaración de herederos abintestato.
Los documentos que necesitas para el impuesto de sucesiones
Además, las entidades reclamarán el documento de adjudicación y partición de herencia, junto a la justificación del pago del impuesto de sucesiones. Esto último se produce porque, con el movimiento, el banco pasa a ser responsable subsidiario del pago del gravamen. Una vez presentados todos los archivos y tramitada la solicitud, la empresa emitirá un cheque a nombre de la Agencia Tributaria con el fin de abonar las cuotas correspondientes al tributo.
Si los herederos no presentan toda la documentación necesaria, el banco puede retener el importe para tramitar de forma autónoma el pago, pero en ningún momento se le permite bloquear el saldo total de la cuenta. Los beneficiarios, una vez que la entidad oficializa el desembolso, tienen acceso a su parte correspondiente de la herencia, aunque sin el dinero que pertenece al propio impuesto de sucesiones.
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