
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha defendido la suspensión del Impuesto de Patrimonio en toda la región. La popular se ha comprometido a reclamar esta medida tras las elecciones generales del próximo 23-J, cuando se conforme el nuevo Gobierno central. La dirigente del PP ha asegurado en una entrevista con El Mundo que reorganizar la política fiscal es una de las cuestiones más “urgentes” a las que se enfrenta su equipo. El objetivo de Ayuso no es otro que eliminar las tasas que afectan a las grandes fortunas.
¿Qué es el Impuesto de Patrimonio?
El Impuesto de Patrimonio es el tributo que grava los bienes y derechos de las personas físicas, es decir, todas las propiedades económicas de las que alguien es titular. Desde 2021, esta tasa tiene carácter indefinido. La gestión es plenamente autonómica, por eso las regiones pueden asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, el tipo de gravamen y las deducciones de la cuota.
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Además de los bienes inmuebles, se incluyen en la declaración los depósitos, acciones, vehículos de alta gama, embarcaciones, seguros de vida e incluso joyas. El impuesto afecta a las personas que tienen bienes con un valor por encima de los 700.000 euros, con una exención de 300.000 euros para la vivienda habitual. Los ciudadanos tienen que asumir este tributo en todas las comunidades, pero muchas aplican bonificaciones, que en casos como el de Madrid llegan a cubrir el 100% de la carga.
La Comunidad de Madrid es, por lo tanto, la región española que menos dinero recauda con el Impuesto de Patrimonio, porque el Gobierno autonómico lo bonifica en su totalidad. Cataluña, por su parte, es el territorio que más consigue recaudar. Este gravamen funciona de forma individual y sólo afecta a las personas físicas, tanto residentes en España como extranjeros que tengan bienes o derechos en el país. Otros países, como Francia, Noruega o Países Bajos, también tienen tasas similares para sus ciudadanos.
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Para calcular el Impuesto de Patrimonio, lo primero que hay que hacer es revisar las variaciones autonómicas de cada comunidad. Acto seguido, se suman todos los bienes y derechos de la persona afectada y se restan tanto los 300.000 euros destinados a la vivienda habitual como las deudas acarreadas. Si la operación tiene un resultado superior a los 700.000 euros, se efectúa el cálculo del impuesto a pagar, que va por tramos, desde el 0,2% hasta el 3,5% para las fortunas más dilatadas. En cualquier caso, como Madrid mantiene una bonificación del 100%, ningún contribuyente tiene que pagar este tributo.
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