(Actualiza la EC4159 con más datos)
Madrid, 1 jun (EFECOM).- El Tribunal Supremo considera que la validez de cobrar una comisión de apertura de una hipoteca o un crédito dependerá del examen individualizado de cada contrato, en su primera sentencia tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En una sentencia fechada el pasado 29 de mayo a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo civil estima sendos recursos de CaixaBank contra una sentencia de diciembre de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y contra un fallo del juzgado de primera instancia nº 3 de Mahón, ambos de 2018.
El litigio se remonta a 2008 cuando un cliente suscribió un contrato de crédito con garantía hipotecaria con CaixaBank que incluía, entre otras, una cláusula que atribuía al prestatario el pago de todos los gastos e impuestos derivados del contrato, y otra sobre comisión de apertura.
En la práctica, el contrato funcionó como un préstamo -el banco abona el importe de una vez-, y no como un crédito -se pone a disposición del cliente una cantidad de dinero que este puede utilizar en función de sus necesidades, disponiendo de toda la cantidad prestada, de una parte o nada-.
En el momento de la firma, el cliente dispuso del total de 130.000 euros, y pagó 845 en concepto de comisión de apertura.
El cliente reclamó, y en primera instancia se declaró la nulidad, entre otras, de las cláusulas de gastos y comisión de apertura y se condenó a la entidad a pagar al demandante las cantidades abonadas por tales conceptos.
La Audiencia Provincial desestimó también el recurso del banco, al considerar que la atribución del pago de los gastos al consumidor era abusiva y porque la entidad prestamista no había justificado que el cobro de la comisión se correspondiera con la prestación de algún servicio efectivo.
El banco recurrió y la Audiencia Provincial elevó una cuestión prejudicial al TJUE, que a comienzos de año decidió que la comisión de apertura no forma parte del precio del contrato suscrito, y que sólo es abusiva si el banco no informa al cliente o el precio es desproporcionado.
En la primera sentencia tras el falo del TJUE, el Supremo discrepa del juzgado de Mahón y de la Audiencia de Palma y entiende que "no cabe una solución unívoca sobre la validez o invalidez de la cláusula que establece la comisión de apertura, que dependerá del examen individualizado de cada caso".
En el presente caso, el banco había entregado al cliente un ejemplar de las tarifas de comisiones, y el notario dio fe de que las condiciones financieras de la oferta coincidían con lo recogido en la escritura.
La comisión de apertura, añade el Supremo, constituye una retribución "de los gastos de estudio, concesión o tramitación del préstamo hipotecario", los servicios proporcionados eran "razonables" y el importe no era desproporcionado.
Los 840 euros representan un 0,65 % del capital prestado, lo que está en la media de las comisiones de apertura, que van del 0,25 % al 1,50 %.
No hay solapamiento de comisiones por el mismo concepto, añade la sentencia, ya que "del examen de la escritura pública no consta que por el estudio y concesión del préstamo se cobrara otra cantidad diferente"; en el documento figuran otras comisiones, pero por conceptos distintos y claramente diferenciados.
Por ello, la cláusula que impuso el pago de la comisión de apertura "fue transparente y no abusiva", concluye el Supremo.
Desde la asociación de consumidores Asufin critican el criterio aplicado por el Supremo, al entender que "una vez más interpreta la doctrina del TJUE de forma sesgada, para justificar su propio criterio".
Desde el bufete Arriaga Asociados recuerdan que la sentencia del Supremo no ha sido dictada en pleno, por lo que no sienta jurisprudencia, por lo que evaluada individualizadamente, la comisión de apertura puede ser declarada nula. EFECOM
eyp/ltm
Últimas Noticias
Icíar Navarro, psicóloga: “Muchas veces sufres más por lo que imaginas que por lo que está pasando en realidad”
El cerebro repite patrones orientados a la alerta, lo que favorece el desarrollo de episodios de ansiedad y temor ante riesgos inexistentes

La participación en las elecciones de Castilla y León alcanza el 52,7% a las 18.00, superando el dato de 2022
A falta de dos horas para el cierre de los colegios, el ritmo de votación se mantiene por encima del registrado en los anteriores comicios autonómicos

Indignación en el barrio de Butarque en Madrid por el nuevo retraso en la apertura del centro de salud: “No podemos esperar más”
Los vecinos sostienen que la demora es “el colmo de la falta de previsión” por parte de la Comunidad de Madrid, que prometió construir este centro en 2007

Super Once: estos son los resultados ganadores del Sorteo 4 de este 15 marzo
Juegos Once dio a conocer la combinación ganadora del sorteo 4 de las 17:00 horas. Tenemos los números ganadores aquí mismo.

El príncipe Guillermo comparte una imagen inédita junto a Diana de Gales por el Día de la Madre: “Recordándola, hoy y todos los días”
El heredero al trono ha recordado a su madre este 15 de marzo, Día de la Madre en Reino Unido


