Qué es el derecho al olvido oncológico que garantizará el Gobierno a partir de junio

El Ejecutivo pretende, a través de varios cambios legislativos, evitar la discriminación de los pacientes que han superado un cáncer, de forma que ya no tendrán la obligación de presentar su historial médico a la hora de contratar productos como seguros o hipotecas

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes en un mitin en Vitoria. (Iñaki Berasaluce / Europa Press)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes en un mitin en Vitoria. (Iñaki Berasaluce / Europa Press)

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el pasado sábado en un mitin en Sevilla que el derecho al olvido oncológico “será una realidad de aplicación inmediata”, a partir del mes de junio, con el objetivo de que las personas que hayan superado esta enfermedad no tengan que justificar su historial médico cuando quieran solicitar un préstamo o contratar un seguro. De esta forma, el Ejecutivo reformará la ley para “declarar nulas todas cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos que excluyan o discriminen a la hora de contratar productos o servicios financieros”.

El derecho al olvido oncológico es una reivindicación histórica de las asociaciones de pacientes en España, que junto a Malta e Islandia, son los únicos países de la Unión Europea donde aún no está garantizado, si bien la fecha límite fijada por el Parlamento Europeo para que los Estados miembros lo incorporen en su legislación es 2025. El objetivo, según consta en la resolución de Bruselas, es tratar de “garantizar este derecho “a todos los pacientes europeos diez años después del final de su tratamiento y a más tardar cinco años después del final del tratamiento para los pacientes cuyo diagnóstico se haya realizado antes de los 18 años”.

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Además de declarar nulas esas cláusulas basadas en los antecedentes oncológicos a la hora de contratar productos o servicios financieros, el cambio legislativo del Gobierno también impedirá que las empresas impongan condiciones más gravosas en los contratos de seguros a los pacientes que han superado un cáncer y se establece por primera vez el derecho de estos personas a no declarar que se ha padecido la enfermedad.

Se podrán beneficiar de estos nuevos derechos todas las personas que hayan finalizado un tratamiento oncológico cinco años antes de la fecha de suscripción del contrato, sin recaída posterior.

“Un gran paso”

La Asociación Española contra el Cáncer (AECC) asegura que regular el derecho al olvido oncológico es un “gran paso” para la “protección social” de estos pacientes, aunque también recuerdan que no es el único obstáculo al que se enfrenta el colectivo. La soledad no deseada, los problemas laborales y otras necesidades sanitarias son algunas de las dificultades que afrontan en su día a día, según denuncian.

Los datos de esta asociación indican que el 21% de los pacientes oncológicos ha tenido que dejar de trabajar por la enfermedad, mientras que un 14% ha tenido que cambiar de trabajo a consecuencia del cáncer. Por ello la AECC propone que se “incentive fiscalmente a las empresas que faciliten la vuelta al trabajo, permanencia o acceso a un puesto laboral” de estas personas, así como “la conciliación y flexibilidad laboral de los cuidadores de pacientes oncológicos, especialmente aquellos que se encuentren en el final de la vida”.

Este mismo martes el Consejo de Ministros dará luz verde a una modificación para que los expacientes de cáncer puedan renovar el carnet de conducir cada 10 años y no cada tres como hasta ahora. También aprobará la reforma para reducir de 15 a cinco los años necesarios de cotización para que las personas con al menos un 45% de discapacidad pueden acceder a una pensión anticipada.

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