El Salvador: reforma impediría cerrar causas penales por conducción peligrosa mediante acuerdos económicos

El proyecto remitido a la Asamblea Legislativa el 14 de octubre de 2026 mantendría la investigación judicial, aunque las víctimas reciban compensación, y permitiría actuar de oficio a la Fiscalía General de la República

Varios socorristas con uniformes blancos y rojos inspeccionan un automóvil negro destruido junto a la estructura de un camión
Las reformas legales impiden que un acuerdo económico extinga la causa penal en casos de conducción peligrosa. (Cuerpos de Socorro El Salvador)
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Un acuerdo económico entre las víctimas de un accidente y el responsable ya no permitiría cerrar el proceso penal cuando el hecho haya sido causado por conducción peligrosa, según las reformas enviadas el 14 de octubre de 2026 a la Asamblea Legislativa.

La propuesta modifica la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, el Código Penal y el Código Procesal Penal. En entrevista radial El corre corre, el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, explicó que las familias podrían recibir una compensación, pero el caso continuaría ante la justicia.

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Actualmente, la conciliación puede aplicarse en casos de homicidio culposo, cuando una muerte ocurre sin intención. Si las partes llegan a un acuerdo económico, el proceso penal puede extinguirse.

Con la reforma, ese mecanismo no cerraría expedientes vinculados con conducción peligrosa. El juez podría ordenar una reparación económica para las víctimas o sus familias, además de resolver las consecuencias penales que correspondan.

Reyes afirmó que esa restricción ya existe para accidentes provocados por alcohol, drogas o carreras clandestinas. El proyecto añadiría la conducción sin licencia como supuesto de conducción peligrosa para los vehículos incluidos en la reforma.

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La Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil podrían iniciar diligencias de oficio en esos casos. La investigación no dependería de que las víctimas o sus familiares presenten una denuncia.

Varios socorristas con uniformes blancos y rojos inspeccionan un automóvil negro destruido junto a la estructura de un camión
La Fiscalía General de la República y la Policía Nacional Civil investigarían de oficio los siniestros sin requerir denuncia de las víctimas. (Cuerpos de Socorro El Salvador)

Propietarios deberán verificar licencias y mantenimiento

Las propuestas de reformas también proponen crear un delito para el propietario que entregue, con conocimiento, un vehículo de carga o de transporte colectivo a una persona sin licencia de conducir.

La pena planteada sería de 10 a 15 años de prisión. Reyes recalcó que el proyecto aún no ha sido aprobado y permanece bajo discusión en la Asamblea Legislativa.

El delito se configuraría si un dueño sabe que una persona no posee licencia y aun así le entrega un camión, un autobús o un microbús para conducirlo.

El supuesto sería distinto si el conductor engaña al propietario con una licencia falsa. Reyes dijo que, en ese caso, el dueño tendría que demostrar que recibió documentación y tenía motivos para creer que era válida.

La reforma busca que los propietarios comprueben quién manejará sus unidades. “Yo no le puedo dar el camión a alguien que no tenga licencia”, afirmó el viceministro.

Reyes comparó la entrega de un vehículo pesado a una persona sin habilitación con facilitar un arma a alguien que no cuenta con permiso, por los riesgos que puede representar para peatones, pasajeros y otros conductores.

El propietario también deberá responder por el mantenimiento de la unidad. Esa obligación comprende neumáticos, frenos, luces, sistema eléctrico, conos, extintores y otras condiciones necesarias para circular.

El proyecto de ley fija penas de diez a quince años de prisión a propietarios que entreguen unidades a conductores sin licencia. (Foto: cortesía)
El proyecto de ley fija penas de diez a quince años de prisión a propietarios que entreguen unidades a conductores sin licencia. (Foto: cortesía)

El funcionario sostuvo que fallas como las llantas lisas corresponden al dueño del vehículo y no a un conductor contratado para un viaje. Esa distribución de responsabilidades, según dijo, ya había sido modificada en reformas anteriores.

Si el conductor es, a la vez, propietario del camión, ambas responsabilidades coinciden. Reyes añadió que un chofer profesional debe revisar la unidad y negarse a operarla si detecta deficiencias que comprometen la seguridad.

Revisiones técnicas y decomisos por fallas de seguridad

El transporte de carga deberá pasar una revisión técnica vehicular para renovar cada año la tarjeta de circulación. La inspección verificará llantas, frenos, luces, sistema eléctrico, asientos y cinturones.

La tarjeta vigente funcionará como constancia de que la unidad superó esa revisión. Reyes dijo que el control permitirá verificar si el vehículo sigue apto para circular.

El proyecto contempla decomisar vehículos que no tengan tarjeta de circulación vigente. El viceministro diferenció ese supuesto de olvidar el documento en casa: la medida aplicaría cuando esté vencida o no exista.

Las llantas lisas y las fallas en luces delanteras, traseras o direccionales también podrían llevar al decomiso. Una avería menor que pueda corregirse de inmediato no tendría necesariamente esa consecuencia.

La Policía Nacional Civil y el Viceministerio de Transporte tendrían facultades para realizar esos procedimientos. Los vehículos serían trasladados a predios de una de esas instituciones.

El transporte de carga deberá superar una revisión técnica vehicular anual para renovar la tarjeta de circulación. (Foto: cortesía)
El transporte de carga deberá superar una revisión técnica vehicular anual para renovar la tarjeta de circulación. (Foto: cortesía)

Para recuperar la unidad, el propietario deberá pagar las multas y corregir la falla detectada. Si el problema son los neumáticos deteriorados, deberá reemplazarlos antes de retirar el vehículo.

Reyes negó que las reformas contemplen cobros por grúa o por el tiempo de permanencia en un predio.

Las reformas alcanzan a carga pesada, autobuses y microbuses

La primera fase de las medidas no abarca vehículos particulares. El proyecto se enfoca en el transporte colectivo y en las unidades de carga con capacidad desde ocho toneladas.

El alcance incluye autobuses con placas AB, microbuses con placas MB, camiones de carga pesada y rastras que realizan transporte internacional.

Las camionetas ligeras, los pickups y los vehículos pequeños de reparto no quedarían incluidos en esta etapa. Reyes señaló que el ordenamiento del parque vehicular se realizará por bloques.

El viceministro sostuvo que se priorizó el transporte de carga y pasajeros por los accidentes registrados en las últimas semanas. El objetivo, añadió, es avanzar después sobre otros tipos de vehículos.

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