
A través de diferentes resoluciones publicadas en horas de la madrugada de este miércoles, el Gobierno fijó los aumentos a las tarifas de luz y gas, los cuales comenzarán a regir a partir del 1° de mayo.
Tal como había adelantado Infobae, el incremento es cercano al 2,5%. Sin embargo, la suba que se aplicará sobre los valores del Costo Propio de Distribución (CPD) será del 3% en comparación con los vigentes en abril, en lo que respecta a las tarifas de luz. Mientras tanto, a partir de junio comenzará un esquema de ajuste mensual del 0,36%, que continuará hasta noviembre de 2027.
Por un lado, se definieron nuevos cuadros tarifarios para todas las categorías de usuarios, residenciales y no residenciales, divididos en tres niveles según su condición socioeconómica —separados en 1, 2 y —, y las medidas de transparencia en la facturación. Esta decisión forma parte del plan que lleva adelante el Ministerio de Economía, de aplicar los aumentos pendientes de manera “cuotificada”, procurando que no representen un impacto “significativo” en los usuarios.
La Resolución 303/2025 definió también los montos especiales para los Clubes de Barrio y del Pueblo y para las Entidades de Bien Público, que reciben servicio de Edesur. También se establece el nuevo valor del Valor Agregado de Distribución Medio (VAD Medio), que alcanzará los $42,91.
Al mismo tiempo, la Resolución 304/2025, también publicada en el Boletín Oficial, hizo lo propio con los cuadros tarifarios de Edenor.
Esto contempla un incremento inicial del 3% del Costo Propio de Distribución (CPD) a partir de mayo, pero con sucesivos ajustes mensuales del 0,42% en términos reales desde junio de 2025 hasta noviembre de 2027. En tanto, el ente regulador desestimó aplicar modificaciones sustanciales en la estructura tarifaria, salvo adecuaciones puntuales como la morigeración de subcategorías residenciales, cambios en el cálculo del alumbrado público y tarifas diferenciadas para usuarios generadores con capacidad de medición horaria.
Ambas empresas deberán publicar los nuevos cuadros tarifarios en al menos dos diarios de circulación masiva en su zona de concesión, dentro de los cinco días hábiles desde la notificación de la resolución.
Por otro lado, en lo que respecta a los incrementos en las tarifas de gas, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) aprobó mediante una serie de resoluciones la Revisión Quinquenal de Trafias.
Bajo este esquema, se aprobó el nuevo cuadro tarifario inicial a partir de mayo, el cual contempla un incremento del 3% en la primera etapa, a completarse con aumentos mensuales en los treinta meses siguientes. Además, se autorizó un plan de inversiones obligatorias para el período 2025–2030, que será controlado por dicha entidad, a través de un procedimiento específico que deberá elaborarse en los quince días hábiles posteriores a la emisión de esta resolución.
También se introdujeron cambios en la estructura de tarifas residenciales: se creó una nueva categoría R-4 que agrupa a los usuarios de mayor consumo de la categoría R-3.4, estableciendo un cargo fijo ajustado al promedio de consumo y un componente variable que refleje una señal de eficiencia en el uso del recurso.
Se mantendrá el reconocimiento de bonificaciones para los usuarios residenciales de Nivel 2 y Nivel 3, en línea con las pautas establecidas por la Secretaría de Energía. Dentro de las empresas distribuidoras mencionadas se encuentra Metrogas S.A; Naturgy Ban S.A.; Litoral Gas S.A.; Distribuidora Gas del Centro S.A.; Distribuidora Gas Cuyana S.A. y Gas NEA S.A. También se incluyen Camuzzi gas Pampeana S.A. y Camuzzi Gas del Sur S.A.
El Gobierno había habilitado el año pasado fuertes incrementos en las tarifas, a partir de una mayor remuneración de las empresas, compensando parte del congelamiento de precios impulsado durante la gestión de Alberto Fernández, y recortando subsidios. Ahora, la premisa actual se alinea a la reorganización del esquema de subsidios prevista, para acelerar el ajuste, y consignada en el acuerdo con el FMI.
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