
El Gobierno nacional oficializó la simplificación del régimen de importación de bienes de capital usados, luego de que se comprometiera a readecuar la legislación para atenuar el impacto de los aranceles anunciados por Estados Unidos. La medida había sido anticipada por el ministro de Economía, Luis Caputo, quien aseguró que esta decisión beneficiaría a los sectores estratégicos y aquellos que no tenían la posibilidad de acceder a capitales nuevos.
Por medio de la publicación del Decreto 273/2025 en el Boletín Oficial, las autoridades confirmaron una serie de modificaciones que impactaron en la norma que regulaba la importación de los bienes usados enlistados entre los capítulos 84 a 90 de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).
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En el listado figuran los siguientes bienes: reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos (o parte de ellos); máquinas, aparatos y material eléctrico, aparatos de grabación y reproducción de sonido, de imagen y sonido en televisión y las partes y accesorios de los mismos; vehículos y material para vías férreas, similares y sus partes, aparatos mecánicos y electromecánicos de señalización para vías de comunicación.
Y se agregaron: los vehículos automotores, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres (partes y accesorios incluidos); aeronaves, vehículos espaciales y sus partes; barcos y demás artefactos flotantes; e instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión, al igual que instrumentos y aparatos médico-quirúrgicos, tanto partes como accesorios de estos.
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“Los bienes usados que se importen al amparo de esta medida, que no resulten eximidos del pago del arancel por otros regímenes, tributarán un derecho de importación cuyas alícuotas resultarán de incrementar un ciento por ciento (100%) el nivel del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) que corresponda aplicar”, fijaron en el primer artículo del nuevo régimen.
Si bien aclararon que el monto dependerá de la posición arancelaria establecida en el N.C.M, establecieron que “la alícuota aplicable en función del cálculo en ningún caso será superior a treinta y cinco por ciento (35 %)”.
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A pesar de que la nueva legislación permitirá a los importadores ingresar los bienes usados sin asignarse una aptitud funcional, las autoridades remarcaron que esto no los exceptuará de cumplir con las normas actuales de control sanitario, seguridad, protección del medioambiente y defensa del consumidor.
Después de que el ministro de Economía confirmara la eliminación del Certificado de Importación de Bienes Usados (CIBU) para ingresar equipamiento y maquinaria usada al país, se estableció que los compradores deberán informar la compra de estos por medio de una declaración jurada que se encontrará disponible en el Sistema Informático Malvina (S.I.M.).
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Mediante esta plataforma, deberán dar cuenta de que la mercadería a importar: “1) No constituye un residuo en los términos de la Ley N° 24.051. 2) No tiene como objetivo la valorización energética y/o su disposición final”, según especificaron.
Sin embargo, señalaron que la declaración jurada será creada por la Dirección General de Aduanas, perteneciente a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, del Ministerio de Economía. Además, dispusieron que la Secretaría de Industria y Comercio será el organismo que tendrá a cargo la aplicación del nuevo régimen.
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De la misma manera, defendieron la modificación en la legislación al remarcar que “esta administración se encuentra inmersa en un proceso de evaluación de los trámites y procesos del Sector Público Nacional en pos de su simplificación y desburocratización”.
“Las medidas adoptadas por el presente -decreto- permitirán profundizar el proceso de apertura económica y reactivación de la economía, contribuyendo decisivamente a la superación de la emergencia económica”, señalaron y pronosticaron que la decisión beneficiaria a la modernización de los diferentes sectores, entre ellos, los estratégicos como el minero, el energético y el hidrocarburífero.
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Luego de que Estados Unidos aplicara un arancel del 10% a los productos nacionales y diera a conocer una serie de normativas que impondrían barreras a los bienes estadounidenses, las autoridades remarcaron que el nuevo régimen tendrá el objetivo “afianzar la estabilización de los precios y provocar la disminución de aquellos que artificialmente elevados que provocan falta de competencia y de transparencia en los distintos mercados”.
“La existencia de numerosas intervenciones previas que padecen las importaciones constituye una traba al desarrollo del comercio e incrementa los costos administrativos de productores, por lo que esta medida es indispensable en la perspectiva de mejorar la competitividad interna de la economía argentina”, consideraron respecto al nuevo escenario de comercio exterior que afrontará el país.
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No obstante, la simplificación de la importación de bienes de capital usados tan solo se trata de uno de los apartados señalados por la Oficina del Representante de Comercio (USTR) como una de las asimetrías existentes entre Argentina y Estados Unidos.
Por este motivo, las autoridades nacionales iniciaron un camino para eliminar estas desigualdades enumeradas por la administración republicana, con el fin de llegar a un acuerdo bilateral en el que puedan reducirse los aranceles impuestos.
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