
La AFIP envió intimaciones a 1.800 contribuyentes con activos en el exterior por no haber declarado sus tenencias y haber evitado el pago de Ganancias y Bienes Personales de 2019 y 2020.
Según explicaron desde el organismo tributario, los impuestos omitidos alcanzan aproximadamente los $4.919.001.432, lo que equivale a USD 82.409.137 para el período fiscal 2019 y a USD 26.481.044 para el período fiscal 2020, tomando el tipo de cambio oficial de cada fecha, precisaron fuentes oficiales.
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En total, el fisco detectó 1.800 personas físicas que tenían diferencias por más de $100 millones entre el saldo de cuenta informado por el exterior y lo declarado, o saldos de cuenta inferiores a $100 millones y diferencias entre los pagos recibidos en el exterior y lo informado ante la AFIP también por más de $100 millones.
“Estas tareas de fiscalización y control responden a decisiones del organismo conducido por Carlos Castagneto para reforzar los ingresos fiscales provenientes del sector de la población con mayor poder adquisitivo”, explicaron desde el organismo tributario.
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Las notificaciones enviadas son el resultado del Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras (CRS, por sus siglas en inglés) acordado entre Argentina y terceros países, que permite acceder a reportes de administraciones tributarias internacionales respecto de cuentas financieras en el exterior de sujetos residentes en el país.

“Las herramientas de la AFIP permitieron identificar inconsistencias entre los saldos de cuentas o tenencias financieras y los correspondientes intereses, dividendos y reembolsos recibidos en el exterior, respecto a las declaraciones juradas presentadas. A raíz de estas inconsistencias detectadas, se intimó a esos contribuyentes a incorporar esos montos en sus presentaciones”, informaron desde el fisco.
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Por otro lado, aseguraron que la identificación de las cuentas o tenencias financieras es el resultado de la explotación de la información recibida por la AFIP a través del Estándar Común de Reporte de la OCDE. Se trata de un mecanismo de cooperación internacional que prevé el intercambio automático de información anual entre más de 100 países posibilitando así combatir el fraude y evasión fiscal. “La Ley de Procedimiento Tributario establece, en caso de corresponder, la aplicación de multas y sanciones por la falta de cumplimiento de las presentaciones requeridas”, concluyeron.
Cuentas en el exterior
A lo largo de 2022, la AFIP había obtenido por la vía del CRS entre la Argentina y otros países información sobre unos 600 mil contribuyentes con cuentas en el exterior, tal como había reflejado Infobae.
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La última “oleada” de información fiscal de contribuyentes argentinos con domicilio en otros países tiene como fecha de corte septiembre de 2021 y fue recibido a lo largo de los últimos meses. Se trata, en rigor, de 608.436 cuentas en total registradas en 96 jurisdicciones, por un valor total de 8,8 billones de pesos.
Según aseguraron desde AFIP, los países que más pesan en ese universo de 8,8 billones de pesos de argentinos afuera Uruguay, España, Italia, Alemania, Francia, Islas Vírgenes Británicas, Bahamas, Australia, Colombia, México, Chile, Brasil.
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La semana pasada el Gobierno de los Estados Unidos había confirmado la puesta en marcha del acuerdo de información fiscal con la Argentina y de esa forma el régimen de intercambio tiene como fecha de inicio el 1° de enero de 2023, lo que implica que la primera oleada de datos de contribuyentes argentinos con cuentas en ese país llegaría en septiembre de 2024.
La letra chica del convenio prevé que las entidades financieras de los Estados Unidos quedarán obligadas a informar los siguientes datos:
-Nombre, dirección y CUIT argentino de cualquier persona residente en Argentina y Titular de la cuenta
-El número de cuenta (o el equivalente funcional en ausencia de un número de cuenta)
-Nombre y número de identificación de la Institución Financiera de Estados Unidos sujeta a reportar
-Cantidad bruta de intereses pagados en una Cuenta de Depósito
-Monto bruto de los dividendos de origen estadounidense pagados o acreditados en la cuenta
-Cantidad bruta de otros ingresos de fuente estadounidense pagados o acreditados en la cuenta, en la medida en que estén sujetos a informes según el capítulo 3 del subtítulo A o el capítulo 61 del subtítulo F del Código de Impuestos Internos de EE.UU.
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