Ahora 30: todo lo que hay que saber para comprar en cuotas electrodomésticos, televisores y celulares

El plazo de vigencia del plan de financiación es hasta el 22 de diciembre de 2022 o hasta que el volumen de operaciones alcance la suma de 100 millones de pesos

Compartir
Compartir articulo
Los productos incluidos son bienes de producción nacional
Los productos incluidos son bienes de producción nacional

La Secretaría de Comercio estableció los requisitos, términos y condiciones que deben cumplir los consumidores que quieran comprar electrodomésticos, televisores y celulares a través del nuevo programa de financiación en cuotas Ahora 30, que entró en vigencia este viernes pero que aun no está disponible en los comercios y cadenas.

A través de dos Resoluciones publicadas en el Boletín Oficial se establecieron los siguientes términos para acceder al nuevo programa de financiación:

- El plazo de vigencia regirá desde este viernes hasta el 22 de diciembre de 2022 o hasta que el volumen de operaciones alcance la suma de $100 millones (la primera condición que se cumpla). Con todo, el plazo de vigencia será prorrogable hasta el 19 de enero de 2023.

- Los productos incluidos son bienes de producción nacional de las categorías Línea Blanca -aires acondicionado con tecnología inverter, lavarropas y heladeras- y televisores. También podrán ser adquiridos teléfonos celulares de tecnología 4G de producción nacional.

- Por su parte, los usuarios podrán adquirir los bienes toda vez que el precio de venta al público sin intereses no sea superior a los $200.000, con un financiamiento de 30 cuotas fijas mensuales. Como al sumar el financiamiento se supera ese límite, el tope pasa a ser 400.000 pesos.

El programa está vigente hasta el 22 de diciembre de este año
El programa está vigente hasta el 22 de diciembre de este año

- Las emisoras de tarjetas de crédito deberán habilitar un código especial de identificación para que los comercios lo utilicen para las ventas realizadas en el marco del nuevo plan, y a la vez tendrán que enviar a los proveedores un instructivo que indique los pasos a seguir para el cumplimiento de las condiciones del código utilizado.

- Desde el momento en que un comercio es incorporado al listado, los emisores tienen 48 horas hábiles para habilitarlo a operar con el plan.

- Los proveedores o comercios en las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito podrán elegir cobrar en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento del 37,79% directa, o en un plazo de hasta diez días hábiles con una tasa máxima de descuento del 41,31 % directa, para las ventas realizadas con la modalidad 30 cuotas. Las tasas directas resultan equivalentes a una tasa nominal anual del 48%.

Te puede interesar: Precio de la ropa: cuál es el acuerdo que cerraron los textiles y el Gobierno luego de una tensa negociación

- Las empresas proveedoras deberán asegurar el normal abastecimiento y la comercialización de la totalidad de los productos que se comprometen a incorporar al programa.

Matías Tombolini
Matías Tombolini

- La obligación de comercialización de los productos del programa no podrá estar sujeta a la compra-venta de otros productos o a cualquier condición no prevista en el mismo.

- La secretaría de Comercio acordará con las empresas de venta al consumidor adheridas al programa un precio máximo de factura de salida de fábrica.

- La Secretaría de Comercio será la encargada de difundir el listado de productos detallados así como también los precios de venta al consumidor acordados y los puntos de venta.

- Para distinguir a los productos que forman parte del Ahora 30, las empresas se comprometerán a añadir, en cada espacio destinado a su exhibición, la señalética con la identificación del programa. La empresa no podrá superponer ningún tipo de indicadores o carteles que no tengan que ver con el programa.

Te puede interesar: Ahora 30 y Ahora 42: cuáles son los teléfonos celulares que se podrán comprar con el nuevo plan de cuotas

- Las empresas deberán informar a la Secretaría en forma mensual, entre los días 1 y 10 del mes, los pedidos efectuados, el volumen total solicitado al proveedor y el volumen efectivamente recibido.

- El comercio será considerado en infracción cuando no se encuentren ofertados, en una o más sucursales, al menos el 80% de los productos que se hayan comprometido a vender dentro del programa. Y también cuando se establezca alguna restricción por consumidor o grupo familiar al número de productos.

Seguir leyendo: