
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resaltó este sábado a través de las redes sociales cuáles son los comprobantes exigibles y no válidos para los consumidores.
Exigir un ticket o factura por las compras y consumos realizados es un derecho que tiene el consumidor, recordó el ente recaudador esta tarde por medio de su cuenta de Twitter.
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Comprobantes exigibles
De acuerdo con la AFIP, para respaldar una venta, los comerciantes deben entregar alguno de estos comprobantes:
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-Facturas.
-Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios.
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-Notas de débito y/o crédito.
-Tickets.
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-Documentos equivalentes.
En rigor, una factura es válida cuando posee la siguiente información:
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-Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT, condición del vendedor frente al IVA y domicilio).
-Letra que identifique la situación del contribuyente con AFIP.
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-Número de comprobante y punto de venta.
-Código de barras (cuando sean emitidos por responsables inscriptos en el IVA).
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-N° de C.A.I o C.A.E y vencimiento.
-Fecha de inicio de la actividad.
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Por su parte, un ticket es válido cuando tiene los siguientes detalles:
-Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT, Datos del contribuyente o empresa (nombre, CUIT y domicilio).
-Letra que identifique la situación del contribuyente con AFIP.
-Número de comprobante y punto de venta.
-Logotipo fiscal.

Comprobantes no válidos
Según especificó la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante su sitio web, los comprobantes no válidos son los que se mencionan a continuación:
-Comandas.
-Talones de factura en restaurantes, bares, casas de comida o similares.
-Tiras de máquina de sumar o calcular.
-Cupones o similares que se emitan en virtud de sistemas de tarjetas de crédito, de compra, de pago y/o de débito.
-Tickets no fiscales.
-Remitos, guías o documentos equivalentes.
-Notas de pedido, órdenes de trabajo, presupuestos y/o documentos similares.
-Recibos, comprobante que respalda el pago -total o parcial- de una operación que debe ser documentada mediante facturas.
“Como consumidor, tenés derecho a pagar con tarjeta de débito y recibir un comprobante válido por el pago de tus compras, siempre que el importe sea igual o superior a $100 y es tu obligación exigirlo en caso de que no te lo entreguen”, afirmó el organismo recaudador.
En ese plano, completó, si el vendedor se niega a emitir un comprobante válido o aceptar el pago con tarjeta de débito, podés alertar sobre la situación escaneando el código QR del formulario 960/D-Data Fiscal con tu celular informando la CUIT del comercio en la consulta pública; llamando al 0800-999-DENU (3368), de lunes a viernes de 10 a 16 horas, o en cualquier dependencia de la AFIP.
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