Jubilaciones mínimas y AUH: el reintegro del 15% en las compras con tarjetas de débito seguirá hasta marzo

Lo confirmó la AFIP a través de la Resolución General 4895/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el reintegro del 15% en las compras con tarjetas de débito que realicen los jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo y los beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH) y por embarazo (AUE), hasta el 31 de marzo.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. A través de la Resolución General 4895/2020 se prorrogó el beneficio que rige desde el 1 de marzo y que inicialmente vencía el 31 de agosto. En dicho mes se amplió hasta el 31 de diciembre, y ahora se extendió por tres meses más. “La experiencia recogida ha demostrado que, en el marco de la situación económica y social imperante, el citado régimen ha constituido una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos, al tiempo que fomentó la inclusión financiera y el uso de medios electrónicos de pago”, justificó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

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El reintegro del 15% se realiza en cada compra que realicen los beneficiarios con las tarjetas de débito de la misma caja de ahorro bancaria en la que la Anses le acredita sus jubilación mínima o su asignación. Estos reintegros son de hasta $700 mensuales por beneficiario, con un tope de $1.400 por hogar, y se realizan en la misma cuenta 24 horas después de realizada la compra.

De esta manera, por caso, una compra de $1.000 hecha con tarjeta de débito recibe una devolución de $150 que se irán acumulando con las sucesivas compras a lo largo del mes hasta llegar al techo de $700. El reintegro se producirá para todas las compras, en cualquier comercio abonadas con la tarjeta de débito vinculada a la cuenta en que se recibe cada mes el pago de la Anses.

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La devolución no requiere de ninguna inscripción ni trámites adicional. Será recibida por todos los beneficiarios mencionados por cualquier compra en supermercados, autoservicios, almacenes, y cualquier comercio dedicado a la venta de alimentos, tanto mayorista como minorista, que acepte pagos con tarjeta de débito.

El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR). La AFIP aclaró que la medida “no es reintegro de IVA” y resaltó que abarca a un universo que supera los 7 millones de personas.

“El régimen de reintegros para los sectores vulnerados representó un impulso adicional a la demanda por $2.000 millones de pesos entre febrero y agosto”, precisó el organismo sobre la herramienta prorrogada para mitigar el impacto de la pandemia y la cuarentena en la economía.

En este marco, la Cámara de Diputados aprobó anoche la nueva fórmula con la que se dará la movilidad de las jubilaciones y pensiones durante el año entrante. La misma establece la aplicación de un ajuste trimestral de los haberes previsionales con una fórmula que combina un 50% de la recaudación de la Anses y otro 50% de la variación salarial medida por la evolución de los salarios formales que realiza el Ministerio de Trabajo (RIPTE) y de los salarios que mide el Indec, en donde se impondrá el que sea mayor. Uno de los puntos cuestionados por la oposición es la ausencia del indicador de inflación en la fórmula. En ese sentido, la titular de la Anses, Fernanda Raverta, manifestó en diálogo con Infobae que “en nuestra fórmula la inflación está implícita, porque cuando ajusta por el Ripte del Ministerio de Trabajo ahí están las paritarias y la inflación y cuando se toma el 50% de la recaudación ahí hay impuestos como el IVA que tienen implícita la inflación”.

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