
En el marco de medidas que está llevando a cabo el Gobierno nacional para mitigar el impacto en la economía a raíz de la pandemia de coronavirus, el Ministerio de Trabajo dejó sin efecto las sanciones aplicadas a empresas para que puedan acceder a los créditos.
A través de la Resolución 352/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo suspendió “por el término de 180 días corridos los efectos y plazos de permanencia de los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales”. Además resolvió la suspensión, también por el plazo de seis meses, de la “incorporación de empleadores al REPSAL”.
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La medida se llevó a cabo a raíz del “fuerte impacto económico negativo sobre distintas empresas, sus trabajadores y familias”, que provocó el aislamiento social, preventivo y obligatorio, que dispuso Alberto Fernández por decreto el pasado 20 de marzo y que se volvió a prorrogar hasta el próximo 10 de mayo. En este contexto, el Gobierno creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores con el objetivo de mitigar las consecuencias económicas en medio de la pandemia.
Por su parte, el REPSAL es el registro en el que se incluyen y publican determinas sanciones firmes aplicadas a los empleadores por la cartera de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por la Administración Federal de Ingresos Públicos, por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), y por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). En efecto, quienes se encontraban sancionados e incorporados en el REPSAL no podían acceder a programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios financiados por el Estado nacional, ni tampoco a líneas de crédito otorgadas por las entidades bancarias públicas.
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Por el ello, el ministerio que conduce Claudio Moroni justificó: “Que en atención a los efectos negativos que se proyectan sobre las distintas actividades de la economía nacional derivados de la emergencia sanitaria y de las medidas públicas adoptadas en su consecuencia, deviene imprescindible la limitación transitoria de algunos de los efectos resultantes del régimen estatuido por la Ley 26.940, en tanto restringen el acceso a instrumentos de crédito que posibiliten la continuidad de la empresa y el pago de salarios a los trabajadores”. Durante los próximos seis meses estarán sin efecto las sanciones aplicadas sobre empresas.
Este domingo a última hora, el Gobierno anticipó que habrá nuevas modificaciones al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para “morigerar el impacto de las medidas sanitarias adoptadas para mitigar la pandemia de coronavirus sobre los procesos productivos y el empleo”. Las mismas son resueltas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP que integran los ministros: Matías Kulfas (Desarrollo Productivo), Martín Guzmán (Economía), Claudio Moroni (Trabajo) y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
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