
El gobierno de Abelardo de la Espriella radicó el 29 de octubre de 2026 la Ley de Rescate Económico, un proyecto que combina una reducción del 2,2% del gasto público con nuevos gravámenes, cambios en la renta y alzas en aportes de salud para evitar, según el Ejecutivo, una recesión y la pérdida de 360.000 empleos en Colombia.
La iniciativa contiene 106 artículos y entrega al presidente facultades extraordinarias durante seis meses desde la vigencia de la ley. El Ejecutivo podrá suprimir, fusionar o escindir ministerios y departamentos administrativos, además de modificar sus nombres, objetivos, estructuras y orden de precedencia.
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Sin embargo, la propuesta empezó con críticas por los cuestionamientos a los impuestos a pagar para las familias que tienen un animal de compañía, según lo explicado por la senadora Esmeralda Hernández, del Pacto Histórico.
“Premian a las industrias que más afectan al ambiente y matan animales”
La senadora Esmeralda Hernández cuestionó la Ley de Rescate Económico del Gobierno nacional porque, según afirmó en un comunicado, impondría un IVA de 19% al alimento para animales y afectaría a familias con mascotas. “Esto significa un golpe muy miserable”, sostuvo.
La congresista también objetó los cambios al impuesto al carbono. Al referirse al destino de esos recursos, afirmó: “La plata que se recaude ya no será con destinación específica del 80% a temas como el cuidado de la biodiversidad, los humedales y prevención del cambio climático”.
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Sobre otros apartados de la iniciativa, Hernández declaró: “Premian a las industrias que más afectan al ambiente y matan animales”. Según indicó, el proyecto eliminaría el impuesto a los plásticos de un solo uso, gravaría con IVA a los carros eléctricos, híbridos y bicicletas eléctricas, y reduciría del 50% al 46% el impuesto de renta para la industria petrolera.
Hernández anunció que se opondrá al proyecto y pidió a la ciudadanía defender sus derechos. “Esto es lesivo por donde se lo mire y la ciudadanía debe defender sus conquistas, derechos y el futuro de Colombia”, concluyó.
Por ahora, el proyecto en su totalidad empezará sus discusiones en el Congreso de la República.
Los detalles de la Ley de Rescate Económico
El vicepresidente José Manuel Restrepo presentó el proyecto con un diagnóstico sobre las finanzas públicas y el empleo. “Arreglar hoy es mejor que quebrar mañana. El gobierno anterior nos dejó una bomba de tiempo, y por eso presentamos la Ley de Rescate Económico para salvar a Colombia de la quiebra, de perder 360.000 empleos y de entrar en recesión. El Estado se aprieta el cinturón, aportan más los que más tienen y el que menos tiene, recibirá más”, explicó.
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La reforma propone un nuevo umbral para el impuesto de renta de las personas naturales. Quienes perciban ingresos anuales desde $37.709.280, equivalentes a un rango mensual entre $3.100.000 y $4.757.000, tendrían que declarar y pagar una retención en la fuente del 9%.

El articulado también cambia las cotizaciones al régimen contributivo de salud desde el primero de enero de 2027. El empleador pagaría el 8,5% del ingreso o salario base de cotización, mientras que el aporte de los trabajadores aumentaría en forma escalonada según el nivel salarial.
Para quienes reciban entre uno y dos salarios mínimos, la cotización será de 4%; entre dos y cuatro salarios mínimos llegará a 5,5%; entre cuatro y cinco será de 6%; entre cinco y 10 alcanzará 6,5%; entre 10 y 15 será de 7%; entre 15 y 20 llegará a 7,5%, y entre 20 y 25 salarios mínimos será de 8%.
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Los bancos pagarían una sobretasa de cinco puntos hasta 2030
La tarifa general de renta para sociedades nacionales, establecimientos permanentes de entidades del exterior y personas jurídicas extranjeras obligadas a declarar sería de 33% en 2027 y de 31% desde 2028.
Las instituciones financieras, aseguradoras, reaseguradoras, comisionistas de bolsa y agropecuarias, bolsas de bienes y productos, y proveedores de infraestructura del mercado de valores pagarían cinco puntos adicionales entre 2027 y 2030. La tarifa total para esos contribuyentes sería de 38% en 2027 y de 36% durante los tres años siguientes.

El documento fija una condición para la aplicación de ese recargo a las personas jurídicas. “Los puntos adicionales de los que trata el presente parágrafo solo son aplicables a las personas jurídicas que, en el año gravable correspondiente, tengan una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT o $ 6.284 millones”, señala el proyecto.
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La sobretasa estará sujeta a un anticipo del 100%, calculado sobre la base gravable del impuesto de renta del período anterior. El pago se hará en dos cuotas anuales iguales, en los plazos que defina el reglamento.
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