Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, presentó nueva solicitud contra su condena por paramilitarismo en el caso de los 12 apóstoles

La defensa sostuvo que se vulneraron los derechos al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia

El informe del Grai se basa en fuentes como expedientes judiciales y estudios históricos, acusando a Santiago Uribe Vélez de planificar actividades paramilitares - crédito Colprensa
Santiago Uribe impugnó el fallo que le negó la tutela y pide reabrir oportunidad de casación contra su condena por caso de los 12 apóstoles - crédito Colprensa
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La defensa de Santiago Uribe Vélez impugnó el fallo que le negó la tutela y pidió que se le permita presentar la demanda de recurso de casación contra la sentencia que confirmó su condena en el caso de Los 12 Apóstoles. La impugnación fue presentada el 8 de octubre de 2026 por su apoderado, Luis Felipe Henao Cardona, y la Corte Suprema de Justicia asignó su estudio a la Sala de Casación Laboral.

La petición no reclama una revisión inmediata de la culpabilidad del hermano del líder del Centro Democrático ni busca una tercera instancia, sino la restitución de una oportunidad procesal que la defensa considera cerrada de manera irregular, explicó El Tiempo, que tuvo acceso al documento. En concreto, solicita que se le permita sustentar la casación contra la sentencia condenatoria.

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El apoderado presentó la impugnación contra la tutela que la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural negó el 30 de septiembre de 2026. Esa acción cuestionaba la decisión de la Sala de Casación Penal que, el 5 de junio de 2026, rechazó el recurso extraordinario contra el fallo condenatorio.

El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia había absuelto a Santiago Uribe Vélez el 13 de noviembre de 2024. Sin embargo, el Tribunal Superior de Antioquia revocó esa decisión y lo condenó el 25 de noviembre de 2025 a 28 años y tres meses de prisión.

La defensa busca restablecer el acceso a la casación

Álvaro Uribe Vélez y Santiago Uribe Vélez posan con traje y corbata, sentados en una mesa de madera. Al fondo, la bandera de Colombia y cortinas.
La defensa sostuvo que se vulneraron los derechos al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

La defensa solicita que se revoque el fallo de tutela, se deje sin efectos el auto del 5 de junio de 2026 y se ordene a la Sala Penal restablecer el término para presentar la demanda de casación. De manera subsidiaria, pide una nueva decisión debidamente motivada sobre el escrito con el que interpuso el recurso.

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El documento al que accedió el diario sostiene que se vulneraron los derechos al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia. “El amparo demandado busca restablecer la oportunidad de presentar la demanda, sin anticipar su admisión ni la decisión sobre los cargos”, afirma la impugnación.

El abogado Henao Cardona argumentó que una persona condenada desde la primera instancia conserva la posibilidad de acudir a la casación, mientras quien recibe su primera condena en segunda instancia la pierde tras la impugnación especial. También cuestionó que la Sala Penal aplicara la Ley 906 de 2004 cuando, según la defensa, el proceso se rige por la Ley 600 de 2000.

El debate jurídico sobre la impugnación especial

La Sala Civil concluyó que la casación no procede contra la sentencia que resuelve la impugnación especial y que una tutela no puede habilitar recursos que el legislador no estableció - crédito Luisa González/Reuters
La Sala Civil concluyó que la casación no procede contra la sentencia que resuelve la impugnación especial y que una tutela no puede habilitar recursos que el legislador no estableció - crédito Luisa González/Reuters

La Sala Civil concluyó que la casación no procede contra la sentencia que resuelve la impugnación especial y que una tutela no puede habilitar recursos que el legislador no estableció. La defensa rechazó que su reclamo pretenda crear una tercera instancia y sostiene que el cierre del trámite no respondió sus objeciones constitucionales.

En la impugnación, los abogados insistieron en que no reclaman un derecho fundamental autónomo a la casación. “Sencillamente reclama el imperio del debido proceso constitucional y legal”, señala el escrito sobre la posibilidad de sustentar el recurso extraordinario.

La posición del magistrado y los pasos pendientes

Gerson Chaverra Castro es abogado de la Universidad Autónoma de Colombia, magíster en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia y especialista en Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Medellín, y Derecho Procesal Penal, Derecho Constitucional y Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario - crédito Corte Suprema de Justicia
El magistrado Gerson Chaverra Castro respaldó la decisión de la Sala Civil - crédito Corte Suprema de Justicia

El magistrado Gerson Chaverra Castro, presidente de la Corte Suprema en 2024 y ponente del auto cuestionado, intervino como no recurrente y respaldó la decisión de la Sala Civil. A su juicio, la casación “no es viable frente a la sentencia que decide la doble conformidad” y la tutela no puede instituir recursos ajenos a la ley.

Chaverra citó la sentencia SU-319 de 2026, con ponencia del magistrado Carlos Camargo Assis, y la SU-317 de 2023 de la Corte Constitucional. Según su interpretación, esos precedentes establecen que la casación no integra el núcleo esencial de la doble instancia y que admitirla en estos casos atribuiría a la Sala Penal una competencia inexistente.

La Sala de Casación Laboral aún no ha resuelto la impugnación. Mientras define si mantiene o revoca la negativa de tutela, la sentencia condenatoria contra Uribe permanece en vigor; si inadmite el recurso, el expediente podrá llegar a la Corte Constitucional para una eventual revisión.

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