La JEP imputó a diez exmandos de las Farc por crímenes de guerra y lesa humanidad y reconoció al territorio ancestral como víctima del conflicto

Cinco territorios indígenas fueron identificados por los daños sufridos durante el conflicto, incluidos impactos ambientales, culturales y espirituales

Un vocero de los pueblos amazónicos celebra que la justicia reconozca que la violencia no solo extinguió vidas, sino que atentó contra la lengua, la espiritualidad y el territorio - crédito JEP
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una decisión judicial dentro del subcaso Amazonía y Orinoquía del Caso 09, al imputar por crímenes de guerra y de lesa humanidad a diez altos mandos de las extintas Farc-EP y reconocer jurídicamente al territorio ancestral como un ser vivo y víctima directa del conflicto armado en el sur del país.

La resolución judicial abarca los hechos cometidos entre 1996 y 2016 por los Bloques Oriental y Sur de la guerrilla; la decisión documenta 1.134 victimizaciones, al dejar al descubierto un vacío de juzgamiento en los tribunales ordinarios frente a los daños causados a las comunidades indígenas de la región.

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Uno de los hallazgos principales revelados por el tribunal especial radica en que ninguno de los diez máximos responsables imputados registraba investigaciones penales previas o procesos abiertos en la justicia ordinaria por los hechos victimizantes acreditados en esta investigación.

La JEP reconoce a la Amazonía y la Orinoquía como víctimas del conflicto e imputa a diez exjefes de las Farc - crédito JEP
La JEP reconoce a la Amazonía y la Orinoquía como víctimas del conflicto e imputa a diez exjefes de las Farc - crédito JEP

Entre el grupo de comparecientes imputados por la Sala de Reconocimiento de Verdad figuran integrantes del antiguo secretariado de las Farc, así como mandos intermedios del Bloque Oriental, entre ellos Elmer Caviedes, conocido como “Albeiro Córdoba”, y mandos operativos del Frente 48 del Bloque Sur, como Gustavo Cuéllar Pajoy, alias Manuel Político, y Liberman Imbachi Chilito, alias Norbey Ramírez.

Esta falta de antecedentes judiciales evidenció el desamparo institucional que enfrentaron los pueblos originarios de la Amazonía y la Orinoquía durante las dos décadas evaluadas por la magistratura.

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Durante su intervención ante la JEP, uno de los líderes indígenas celebró que el Estado colombiano reconozca finalmente el impacto profundo de la guerra sobre sus comunidades. Explicó que la violencia superó la pérdida individual de vidas, señalando que “cuando se atenta contra un abuelo sabedor, contra un cantor o contra una maloca, no solamente se mata a una persona, sino que se intenta matar el conocimiento, la lengua y el territorio”.

El vocero destacó la importancia de que el tribunal de paz haya acogido la visión de sus pueblos sobre la naturaleza y sus costumbres tradicionales. Agradeció a la JEP por haber escuchado “con respeto nuestro sistema de conocimiento propio, nuestra palabra dulce de vida, nuestro yagé, nuestro mambe y nuestro ambil”, al enfatizar que el tribunal logró comprender que para sus comunidades el territorio “no es solo tierra; es cuerpo, es espíritu y es memoria viva”.

- crédito JEP
Entre los hechos documentados figuran asesinatos de líderes indígenas, contaminación de ríos y restricciones a las prácticas espirituales de las comunidades - crédito JEP

El líder reafirmó la dignidad de los pueblos originarios tras años de persecución y envió un mensaje claro a los grupos armados del país. Recordó que durante décadas sufrieron en silencio el despojo de sus tierras y la quema de sus malocas en lo que definió como un “intento de exterminio”, pero concluyó con una postura de reconciliación: “No queremos venganza, queremos verdad para equilibrarnos (…) para que haya paz verdadera en Colombia, debe haber paz con la selva y con los pueblos que cuidamos”.

Reconocimiento del territorio como víctima y afectaciones culturales

Para la estructuración del fallo, la JEP incorporó los principios de la Ley de Origen, el Derecho Propio y los sistemas de conocimiento ancestrales, concluyendo que el territorio constituye un sujeto de derechos afectado por los combates, los bombardeos y la instalación de explosivos.

La decisión identificó con sus nombres ancestrales los espacios sagrados impactados por el accionar armado de las estructuras guerrilleras.

  • Territorio Mãi Chējā (pueblo Korebajü): sometido a ataques constantes.
  • Territorio Mãi Yija (pueblo Siona): afectado por derrames de hidrocarburos.
  • Hitnüpe Pe As (pueblo Hitnü, Arauca): contaminado con minas antipersonal.
  • Piejax Shath Matxoela (pueblo Jiw): utilizado como corredor de paso del Bloque Oriental.
  • Territorio Ancestral Nükak Baká: los recorridos seminómadas quedaron suspendidos por el desplazamiento forzado.

Ataques a líderes espirituales y desastres ambientales por derrames

El expediente de la JEP documentó la persecución sistemática contra autoridades médicas y sabedores tradicionales cuya desaparición puso en riesgo la supervivencia cultural de sus comunidades.

En el pueblo Jiw, entre 2000 y 2003, integrantes del Frente 44 del Bloque Oriental asesinaron al docente bilingüe Saúl Enrique Niño, al promotor de salud Luis Carlos González y al etnoeducador Jorge Santos Aguilar, generando además el desplazamiento de líderes comunitarios.

En el pueblo Hitnü de Arauca, la siembra de minas cobró la vida en enero de 2011 del cacique y médico ancestral Rafael Pérez Pérez y causó heridas graves a una menor en julio de 2007 en Caño Güiriche.

Asimismo, la investigación detalló las afectaciones ambientales causadas por los ataques contra la infraestructura petrolera en el departamento del Putumayo, destacando las voladuras sobre el oleoducto San Miguel-Orito que contaminaron el río Luzón.

El fallo registró que el 8 de junio de 2015, en el corredor Puerto Vega-Teteyé, la guerrilla obligó el vertimiento de 3.210 barriles de petróleo transportados en 23 carrotanques, sumado al derrame de otros 722 barriles el 11 de junio en el sector de La Alea.

Según la cosmovisión del pueblo Siona, la contaminación de las fuentes hídricas impidió la realización de ceremonias sagradas de yagé y los ritos de medicina tradicional.

Plazos legales y fases del proceso en la JEP

Tras la notificación oficial con enfoque étnico y cultural, los diez imputados disponen de un término de 30 días hábiles para indicar si aceptan o rechazan la responsabilidad atribuida por la Sala de Reconocimiento.

En caso de aceptación, la JEP convocará a una audiencia pública de reconocimiento de verdad para proceder a la imposición de sanciones propias con componente restaurativo a través del Tribunal para la Paz.

De no aceptar los cargos, los expedientes serán remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) para dar inicio a un juicio contradictorio.

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