
El Consejo de Estado anuló la elección de Jaime Alonso Cano Martínez como representante a la Cámara por Antioquia para el período 2026-2030, al concluir que estaba inhabilitado por el cargo que ocupó su hermano en Medellín durante el lapso electoral relevante.
La sentencia de única instancia, emitida el 1 de octubre de 2026, deja sin curul al dirigente conservador apenas dos meses después de asumir.
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Cano había sido elegido en marzo con 64.173 votos y llegó al Congreso como aliado del exsenador Carlos Andrés Trujillo. La decisión judicial fue promovida por Andrés Julián Rodas Vidal y Cristian Andrés Flórez Rojas, quienes presentaron demandas entre abril y mayo por tres posibles causales de inhabilidad.
La Sección Quinta del alto tribunal descartó los cuestionamientos vinculados con su anterior condición de diputado de la Asamblea de Antioquia y con una eventual coincidencia de períodos entre esa corporación y la Cámara de Representantes. La causal que prosperó fue la relacionada con su hermano, Gustavo Adolfo Cano Martínez.
El cargo del hermano y la autoridad civil en Medellín

Gustavo Adolfo Cano Martínez se desempeñó como inspector de convivencia y paz urbano en Medellín desde la inscripción de su hermano como candidato hasta las elecciones del 8 de marzo de 2026. Los demandantes sostuvieron que ese puesto implicaba autoridad civil dentro de la misma circunscripción electoral en la que Jaime Cano aspiraba a ser elegido.
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El Consejo de Estado determinó que los inspectores cuentan con atribuciones legales para adoptar decisiones, imponer medidas correctivas y aplicar sanciones por infracciones a las normas de convivencia. Esas competencias fueron suficientes para configurar la inhabilidad constitucional por parentesco.
El tribunal precisó que no era necesario demostrar que el funcionario hubiera utilizado sus facultades en casos específicos ni que hubiera influido de manera efectiva sobre los votantes. Bastaba con que tuviera asignadas legalmente esas competencias durante el período establecido por la Constitución.

La defensa del excongresista argumentó que su hermano había accedido al puesto mediante concurso de méritos y que sus tareas eran principalmente administrativas, entre ellas la gestión de licencias funerarias y registros de defunción. También sostuvo que se trataba de un cargo subordinado y sin prueba de influencia electoral.
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Sin embargo, la corporación concluyó que ni el ingreso por concurso ni la ubicación jerárquica dentro de la administración excluían la prohibición constitucional. Además, estableció que Medellín integra la circunscripción electoral de Antioquia, por lo que se cumplía el requisito territorial.
Dos argumentos descartados y una decisión sin recursos

Los demandantes también plantearon que Cano había ejercido como diputado dentro de los 12 meses anteriores a los comicios legislativos. Argumentaron que, como integrante de la Asamblea, participó en la aprobación de ordenanzas, debates de control político y mociones de observación, actividades que suponían autoridad política.
El Consejo de Estado avaló en este punto la posición de la defensa: aunque los diputados son servidores públicos, no tienen la condición específica de empleados públicos exigida por esa causal constitucional. La elección de Cano como diputado para el período 2024-2027, además, había sido anulada judicialmente antes de su inscripción a la Cámara.
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Tampoco prosperó la acusación por coincidencia de períodos. Cano había sostenido que actuó conforme a la norma vigente al inscribirse y que la Sentencia C-080 de 2026 de la Corte Constitucional, que declaró inexequible una excepción, solo tenía efectos para elecciones posteriores a su comunicación en abril de ese año.
La sentencia contra su elección fue dictada en única instancia y no admite recursos. Cano había perdido previamente su lugar en la Asamblea de Antioquia tras la anulación judicial de aquella elección.
Tras conocerse el fallo, el excongresista publicó un comunicado en sus redes sociales. “Recibo esta decisión con serenidad y con el respeto que siempre he tenido por las instituciones y por la justicia colombiana. Será el momento de conocer en detalle sus fundamentos y actuar conforme a lo que corresponda”, afirmó.
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En sectores políticos antioqueños se menciona a Camilo Callejas, del sector conservador liderado por Germán Blanco, como posible reemplazo. Callejas obtuvo 25.063 votos y quedó detrás de Cano y Luis Miguel López en la lista del Partido Conservador.
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