Ateos reaccionaron a fallo de juez que le ordenó a Abelardo de la Espriella abstenerse de usar su investidura pública para realizar actos religiosos oficiales

El abogado Julio Jair Mizger Díaz impulsó la acción a raíz del acto que desarrolló el jefe de Estado en medio de la jornada nacional de oración en Colombia tras el terremoto, cuando coronó a la virgen de Fátima

crédito Catalina Olaya / Colprensa
El evento en el que participó el presidente De la Espriella se desarrolló en Bogotá el 28 de agosto de 2026 - crédito Catalina Olaya / Colprensa
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Un fallo de tutela habría ordenado al presidente Abelardo de la Espriella abstenerse de participar en actos religiosos cuando actúe en ejercicio de sus funciones.

La decisión respondió a una acción presentada por el abogado Julio Jair Mizger Díaz, de Chinú, Córdoba, después de un evento celebrado en Bogotá el 28 de agosto, la Jornada nacional de oración en Colombia tras el terremoto en la que el mandatario y su esposa, la primera dama Ana Lucía Pineda, coronaron una estatua de la Virgen de Fátima, en un acto que se desarrolló en la plaza de Bolívar.

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La providencia, atribuida al Juzgado 804 Transitorio de Familia de Bogotá se relaciona con la participación del mandatario, que generó reacciones de apoyo y rechazo entre sus simpatizantes y detractores.

El recurso judicial planteó que la presencia del jefe de Estado en ceremonias religiosas, cuando actúa investido de su cargo, puede afectar el deber de neutralidad religiosa de las instituciones públicas.

El fallo judicial de primera instancia podrá ser apelado por parte del presidente Abelardo de la Espriella - crédito captura de pantalla Chica Noticias
El fallo judicial de primera instancia podrá ser apelado por parte del presidente Abelardo de la Espriella - crédito captura de pantalla Chica Noticias

La tutela cuestionó la participación presidencial en un acto religioso

El abogado Julio Jair Mizger Díaz solicitó la protección de los principios de libertad de culto, igualdad y laicidad del Estado.

Según la información difundida sobre el caso, el juzgado concedió el amparo y ordenó al presidente evitar a futuro su participación en actos religiosos como funcionario público.

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La decisión no impediría que De la Espriella ejerza sus creencias a título personal. El debate jurídico se concentra en la diferencia entre las manifestaciones privadas de fe y los actos en los que un servidor público interviene con la investidura de su cargo.

Una de las colectividades que celebró la decisión judicial en primera instancia fue la Asociación de Ateos de Bogotá (AAB), que por medio de un mensaje en su cuenta de X que se publicó la noche del miércoles 16 de septiembre de 2026, aseguró que “al Gobierno Nacional no le funcionó la ruinosa jugada de instrumentalizar la tragedia y el dolor de las víctimas del terremoto para montar un show de proselitismo confesional”.

La Asociación de Ateos de Bogotá celebró el fallo judicial - crédito @AATEOSBTA/X
La Asociación de Ateos de Bogotá celebró el fallo judicial - crédito @AATEOSBTA/X

“Quisieron transformar la Plaza de Bolívar en una sacristía privada con coronaciones marianas transmitidas en vivo, pero la Constitución del 91 no se arrodilla ante ningún mandatario”, agregó la réplica de la colectividad.

Al final de su mensaje, la Asocación declaró que “la solidaridad con las víctimas se demuestra con gestión, ciencia y recursos públicos eficientes, no arrodillando las instituciones a dogmas particulares ni coronando vírgenes”.

Para cerrar, la AAB recordó; “¡Colombia es una República laica, pluralista y de ciudadanos libres, no el feudo religioso de nadie!"

Asociación de Ateos de Bogotá se había referido luego de la convocatoria a la jornada nacional de oración que lideró José Manuel Restrepo

El génesis de esta discusión surgió desde cuando el vicepresidente de Colombia, José Manuel Restrepo, convocó para el viernes 28 de agosto una jornada nacional de oración por las víctimas del terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el 10 de agosto de 2026.

La iniciativa del Gobierno de Abelardo de la Espriella fue cuestionada por la AAB, que advirtió que un acto religioso promovido desde altas esferas del poder puede desdibujar el carácter laico y pluralista del Estado.

crédito @jrestrp/X
El vicepresidente Restrepo anunció la convocatoria el domingo 23 de agosto de 2026 vía X - crédito @jrestrp/X

El encuentro se realizó a las 6:00 p. m. en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, y Restrepo lo presentó como una expresión de solidaridad nacional e invitó a participar desde cualquier punto del país, con respeto por “cada fe y cada forma de oración”.

“Colombia atraviesa un momento de profundo dolor, pero también es momento de unirnos”, escribió el Vicepresidente en sus redes sociales. La jornada busca “abrazar a quienes hoy sufren” y pedir por “la sanación, la esperanza y la reconstrucción de Colombia”.

La neutralidad religiosa exigida a los funcionarios

La Asociación expresó su solidaridad con las víctimas y sus familias, pero rechazó que la unidad nacional se construya “instrumentalizando el sufrimiento de la ciudadanía ni desdibujando el carácter laico y pluralista del Estado colombiano”, señaló en un extenso mensaje desde su perfil de X en ese entonces.

La organización sostuvo que, aunque la invitación fue difundida en cuentas digitales en las que los funcionarios dicen expresarse a título personal, sus perfiles exhiben su investidura y cargo público. Esa condición, afirmó la AAB en su réplica, produce una confusión entre las convicciones privadas de una persona y la posición oficial del Gobierno.

- crédito @AATEOSBTA/X
La respuesta por parte de la Asociación de Ateos de Bogotá se conoció el 26 de agosto de 2026 - crédito @AATEOSBTA/X

La Asociación recordó que la Corte Constitucional ha definido, desde la Sentencia C-350 de 1994 y en fallos como las sentencias C-766 de 2010 y C-570 de 2016, que la Constitución de 1991 estableció un Estado laico. Ese principio exige neutralidad religiosa y separación entre las confesiones y el poder público.

Las autoridades, según esa interpretación, no pueden patrocinar, promover ni adherir a cultos particulares, y sus actuaciones deben perseguir finalidades estrictamente seculares.

La entidad también citó la Sentencia T-124 de 2021, que impone a los altos dignatarios un deber de “especial prudencia y cuidado” cuando se pronuncian sobre asuntos religiosos.

El episodio se presentó al tiempo que se conoció que De la Espriella debía ofrecer disculpas por el discurso pronunciado durante su ceremonia de posesión presidencial el viernes 7 de agosto.

Para la Asociación, los funcionarios no pueden alegar el carácter personal de sus redes sociales ni la inexistencia de actos administrativos para eludir sus deberes constitucionales.

“La Corte dejó claro que los funcionarios no pueden ampararse en el carácter presuntamente ‘personal’ de sus cuentas ni en la ausencia de actos administrativos para eludir sus responsabilidades constitucionales, ya que al asociar su imagen o investidura a ritos confesionales vulneran el principio de laicidad y transmiten a la ciudadanía una indebida identificación del Estado con una religión particular”, sostuvo la organización.

- crédito @AATEOSBTA/X
La Asociación recordó que hay varias sentencias de la Corte Constitucional en las que se deja en claro que se debe garantizar la autonomía individual frente a dogmas morales - crédito @AATEOSBTA/X

La oración y la diversidad de creencias en Colombia

La Asociación afirmó que “la oración es un acto devocional y confesional, no una práctica neutral ni universal”. Dentro de sus arguentos, el colectivo añadió que las personas ateas, agnósticas, paganas o sin afiliación religiosa no oran ni se dirigen a sus dioses mediante los rituales propios del cristianismo predominante.

Presentar un rito judeocristiano como símbolo de unidad nacional, advirtió, excluye a sectores de la sociedad colombiana y desconoce sus culturas ancestrales: comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

La entidad consideró que emplear el duelo colectivo posterior a una catástrofe para promover una cosmovisión religiosa desde el poder equivale a una instrumentalización del dolor social.

Por lo anterior, desde la AAB se definió la laicidad como la garantía de que el Estado no pertenece a ninguna iglesia y protege los derechos de todas las personas en condiciones de igualdad.

El evento se llevó a cabo tal y como se especificó desde la directriz emitida desde Presidencia - crédito Catalina Olaya / Colprensa
El evento se llevó a cabo tal y como se especificó desde la directriz emitida desde Presidencia - crédito Catalina Olaya / Colprensa

La Asociación exigió a los altos funcionarios que dejen de utilizar perfiles vinculados con la función pública para convocar actos de fe.

Además, se propuso que la solidaridad institucional se exprese mediante minutos de silencio, actos de memoria y atención humanitaria rigurosa, con convocatorias abiertas a toda la ciudadanía, independientemente de sus creencias o de su ausencia de ellas.

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