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Ciudadanos de Israel que quieran ingresar a Colombia no necesitarían visa: este es el borrador de resolución que prepara el gobierno de Abelardo de la Espriella

La medida, ligada al restablecimiento de vínculos con Tel Aviv, empezará a regir desde el 1 de septiembre de 2026, según anunció el canciller Omar Bula, y se limitará a estadías breves

La exención de visa reincorporaría a Israel al grupo de 100 países cuyos nacionales pueden ingresar a Colombia sin visado para estadías temporales - crédito Europa Press
La exención de visa reincorporaría a Israel al grupo de 100 países cuyos nacionales pueden ingresar a Colombia sin visado para estadías temporales - crédito Europa Press
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Colombia tiene en trámite una resolución para devolver la exención de visa a ciudadanos de Israel que viajen por corta estancia, una medida que el Gobierno vincula al restablecimiento de relaciones diplomáticas y que, según anunció el canciller Omar Bula, empezará a aplicarse desde el 1 de septiembre de 2026.

El cambio reincorporaría a Israel al grupo de 100 países cuyos nacionales no necesitan tramitar visa ante consulados colombianos para estadías temporales. A la vez, una vez entre en vigor el acuerdo bilateral, los colombianos podrán viajar sin visa a Israel y Colombia sumará 131 países a los que sus ciudadanos pueden entrar sin ese requisito, según cifras del Índice de Pasaportes de Henley & Partners que recopila datos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo.

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En el borrador se propone derogar la Resolución 8558 de 2025 y modificar la Resolución 5488 de 2022 para volver a incluir a Israel en el listado de nacionalidades exentas para actividades de corta estancia.

“Que, con fundamento en lo anterior se hace necesario derogar la Resolución 8558 de 2025 “Por la cual se establecen disposiciones sobre exención de visas, visas en tránsito y se dictan otras disposiciones en materia migratoria y se deroga la Resolución 10535 de 2018” y modificar el literal A del parágrafo del artículo 3 de la Resolución 5488 de 2022 “Por la cual se establecen disposiciones sobre exención de visas, visas en tránsito y se dictan otras disposiciones en materia migratoria y se deroga la Resolución 10535 de 2018”, relativo a los nacionales de Estados exentos de requisito de visa para actividades de corta estancia", se lee en la resolución.

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El borrador propone derogar la Resolución 8558 de 2025 y modificar la Resolución 5488 de 2022 para restablecer la exención de visa a Israel - crédito Ministerio de Relaciones Exteriores Colombia
El borrador propone derogar la Resolución 8558 de 2025 y modificar la Resolución 5488 de 2022 para restablecer la exención de visa a Israel - crédito Ministerio de Relaciones Exteriores Colombia

El documento aclara que no se trata de una eliminación general de requisitos migratorios, sino de una exención limitada a viajes breves.

La base política de la medida es el restablecimiento formal de los vínculos entre Bogotá y Tel Aviv. De acuerdo con el proyecto, la decisión quedó enmarcada en el intercambio de notas verbales entre las cancillerías el 11 y el 16 de agosto de 2026, con la intención de “retomar y fortalecer los vínculos bilaterales” por medio del diálogo y la cooperación.

La resolución en preparación también deja explícito el criterio que usa la Cancillería: la reciprocidad. Según el documento, Israel aplica una exención recíproca a los ciudadanos colombianos, por lo que el restablecimiento de relaciones abrió la puerta para recuperar la misma condición migratoria entre ambos Estados.

En una de las consideraciones se lee: “Que, mediante la Nota Verbal No. 1560826/CONS del 16 de agosto de 2026, la División Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel se refirió de manera positiva al restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre los dos Estados y propuso restablecer el régimen de exención de visado para los ciudadanos colombianos que viajen a Israel, replicando la exención recíproca aplicada a los ciudadanos israelíes que viajan a Colombia”.

La exención de visa reincorporaría a Israel al grupo de 100 países cuyos nacionales pueden ingresar a Colombia sin visado para estadías temporales - crédito Ministerio de Relaciones Exteriores Colombia
La exención de visa reincorporaría a Israel al grupo de 100 países cuyos nacionales pueden ingresar a Colombia sin visado para estadías temporales - crédito Ministerio de Relaciones Exteriores Colombia

El documento añade: “Mediante esta Resolución se exime del requisito de visa para actividades de corta estancia a los nacionales del Estado de Israel. La presente Resolución va dirigida a los nacionales del Estado de Israel que pretendan ingresar al territorio nacional con el fin de desarrollar actividades de corta estancia”.

Según la Cancillería, la medida se apoya en las facultades que le otorgan la Ley 489 de 1998 y la Ley 2136 de 2021 para formular y ejecutar la política migratoria. Esa última norma fija como objetivo de la Política Integral Migratoria promover una migración segura, ordenada y regular, y el proyecto recuerda que Colombia puede definir qué nacionalidades requieren visa y cuáles quedan exceptuadas con base en soberanía, interés nacional y reciprocidad.

El canciller Omar Bula dijo que la exención de visado operará desde el 1 de septiembre de 2026. El propio borrador señala además que “la presente resolución entrará en vigor al día siguiente de la fecha de su publicación en el Diario Oficial”, por lo que su aplicación definitiva depende de la adopción formal del acto administrativo.

Los colombianos no necesitarán visa para Israel, pero sí una autorización electrónica

Los viajes de colombianos a Israel antes del 1 de septiembre de 2026 seguirán sujetos a la visa B/2 de visitante, con un costo de 107.000 pesos colombianos - crédito VisualesIA/Imagen Ilustrativa Infobae
Los viajes de colombianos a Israel antes del 1 de septiembre de 2026 seguirán sujetos a la visa B/2 de visitante, con un costo de 107.000 pesos colombianos - crédito VisualesIA/Imagen Ilustrativa Infobae

La exención para colombianos que viajen a Israel no elimina todos los controles previos. La Embajada de Israel en Colombia confirmó a El Tiempo que quienes viajen por turismo u otras estadías cortas deberán obtener antes una Autorización Electrónica de Viaje, conocida como ETA-IL, exigida desde 2025 a ciudadanos de países exentos de visa.

La solicitud debe hacerse en la página oficial de la Autoridad de Población e Inmigración de Israel. El trámite es individual, también para menores de edad, requiere los datos personales y del pasaporte y exige el pago de 25 séqueles israelíes, equivalentes a unos $25.000.

La respuesta puede llegar en hasta 72 horas. Por eso, la representación diplomática recomendó tramitarla “al menos 72 horas antes de realizar reservas de vuelos, alojamiento u otros gastos relacionados con el viaje”.

Según confirmó la embajada, la autorización tendrá vigencia de hasta dos años o hasta el vencimiento del pasaporte, lo que ocurra primero, y permitirá múltiples viajes. La condición es que cada permanencia sea de hasta 90 días.

La misión diplomática también indicó que el viajero debe tener pasaporte vigente y que, aunque la ETA-IL no lo exige, se debe contar con tiquete de ida y regreso y seguro médico vigente durante la estadía. En la misma orientación consular se recomienda llevar documentos que acrediten alojamiento, medios económicos y el propósito del viaje.

Contar con una ETA-IL aprobada no garantiza por sí sola el ingreso a Israel. Los viajeros siguen sujetos a controles migratorios y de seguridad en frontera, en la que la entrada puede ser negada si las autoridades detectan motivos o inconsistencias en la documentación o en las respuestas del viajero.

Para permanencias superiores a 90 días, la exención no reemplaza la autorización migratoria correspondiente. El texto menciona que trabajo, estudios de larga duración, voluntariado y otras estadías más extensas requieren la categoría específica, como la visa A/2 para estudiantes, la A/3 para clérigos o la B/1 para trabajo.

Si un colombiano tiene un viaje programado antes del 1 de septiembre, deberá solicitar la visa B/2 de visitante. Ese trámite puede hacerse de forma electrónica, cuesta 107.000 pesos colombianos y tiene un tiempo de respuesta de hasta 10 días.

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