
Manizales implementa Pico y placa temporal para particulares durante la emergencia por el sismo: la medida regirá desde este viernes y busca priorizar la movilidad de los organismos de socorro, facilitar las labores de recuperación y proteger la vida de miles de damnificados.
La disposición, anunciada por la Alcaldía, se extenderá desde el 14 hasta el 31 de agosto y afectará a todos los vehículos particulares, incluidos los eléctricos e híbridos, en el horario de 5:00 a. m. a 10:00 p. m., todos los días de la semana.
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La decisión se adopta en un contexto de emergencia crítica: seis personas fallecidas y 182 heridas en Manizales, 4.000 damnificados, 1.449 viviendas colapsadas y 1.970 averiadas, junto a 40 instituciones educativas afectadas.
A nivel nacional, el sismo ocurrido el 10 de agosto ha dejado 281 muertos, 3.971 heridos y 379 desaparecidos, con un total de 102.105 personas afectadas en 426 municipios de 15 departamentos. El balance en ciudades capitales, según Asocapitales, suma ya 205 fallecidos, y mantiene en alerta roja a Cali, Pereira, Quibdó, Manizales y Armenia, donde se consolidan 2.095 heridos, 371 desaparecidos, 352 personas rescatadas, 325 estructuras colapsadas y 9.949 averiadas.
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Así funcionará el pico y placa temporal en Manizales
La medida, de carácter excepcional, fue oficializada mediante decreto y tiene como objetivo facilitar la circulación de quienes participan en la atención de la emergencia y contribuir a la recuperación progresiva de la ciudad. El pico y placa temporal no modifica el régimen habitual de movilidad de Manizales, sino que responde a la situación de calamidad pública y estará vigente hasta que se normalicen las condiciones que motivaron su adopción.
El esquema funcionará durante 18 días consecutivos, incluidos sábados, domingos y festivos, desde las 5:00 a. m. hasta las 10:00 p. m. La restricción se aplicará a los vehículos particulares, según el último dígito de la placa, de la siguiente manera:
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- Viernes 14: 1 y 2
- Sábado 15: 3 y 4
- Domingo 16: 5 y 6
- Lunes 17: 7 y 8
- Martes 18: 9 y 0
- Miércoles 19: 1 y 2
- Jueves 20: 3 y 4
- Viernes 21: 5 y 6
- Sábado 22: 7 y 8
- Domingo 23: 9 y 0
- Lunes 24: 1 y 2
- Martes 25: 3 y 4
- Miércoles 26: 5 y 6
- Jueves 27: 7 y 8
- Viernes 28: 9 y 0
- Sábado 29: 1 y 2
- Domingo 30: 3 y 4
- Lunes 31: 5 y 6

La programación alterna permitirá reducir el flujo vehicular y liberar corredores para los vehículos y unidades de emergencia, así como para la recolección de escombros y las labores de inspección y evaluación estructural que continúan en puntos críticos de la ciudad.
Ámbito de aplicación y vías exceptuadas
La restricción rige en toda la jurisdicción del municipio, sobre las vías públicas de carácter municipal. Las vías nacionales que cruzan Manizales y funcionan como corredores de ingreso, salida o tránsito hacia otros municipios están exceptuadas, aunque pueden presentar cierres o restricciones específicas por seguridad o labores de emergencia.
El ciudadano debe distinguir entre la restricción del pico y placa temporal y otras medidas de manejo del tránsito implementadas por la emergencia. Un corredor puede estar exento del pico y placa, pero seguir cerrado por remoción de escombros o intervención de organismos de socorro.
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¿A qué vehículos aplica y quiénes están exceptuados?
La medida está dirigida a vehículos particulares, incluidos los eléctricos e híbridos. Motocicletas están exceptuadas, así como los vehículos de transporte público colectivo e individual de pasajeros debidamente habilitados, que podrán seguir operando sin restricción.

El decreto establece 21 categorías de vehículos exceptuados, entre los que se incluyen:
- Organismos de seguridad
- Fuerzas Militares, Policía Nacional y CTI
- Organismos de socorro y atención de desastres
- Atención médica domiciliaria
- Transporte de insumos médicos
- Servicios públicos domiciliarios
- Grúas, control y gestión del tránsito
- Vehículos oficiales
- Transporte de alimentos
- Vehículos para personas con discapacidad
- Centros de enseñanza automovilística
- Transporte especial
- Vehículos escolares y empresariales
- Medios de comunicación
- Transporte de escombros
- Mensajería
- Esquemas de seguridad diplomática y presidencial
- Vehículos blindados y aquellos destinados al traslado de féretros o protección de personas.
Para estar exceptuados, los vehículos deben cumplir con los requisitos de identificación, autorización y prestación efectiva del servicio que justifica la excepción. La Secretaría de Movilidad podrá realizar controles y verificaciones para determinar la procedencia de cada caso.
Permisos excepcionales y condiciones para circular en la emergencia
El decreto contempla la posibilidad de otorgar permisos excepcionales de circulación a vehículos particulares que requieran transitar por razones directamente relacionadas con la atención, recuperación o mitigación del desastre. La autorización debe estar debidamente justificada y será evaluada por la Secretaría de Movilidad, que puede realizar las verificaciones correspondientes.
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Un permiso de circulación no autoriza el paso por vías que estén cerradas o restringidas por motivos de seguridad, inspección estructural, remoción de escombros o intervención de organismos de emergencia. Las instrucciones de las autoridades y los cierres específicos prevalecen sobre cualquier permiso o excepción vinculada al pico y placa.
Transporte público y clases de conducción
El transporte público colectivo e individual está exceptuado de la restricción, sin necesidad de trámite previo. El objetivo es garantizar la movilidad esencial y evitar mayores afectaciones en las actividades prioritarias de la ciudad.
Los vehículos de Centros de Enseñanza Automovilística podrán circular, pero deben abstenerse de realizar clases prácticas en la Avenida Santander, Avenida Paralela y Avenida Gilberto Alzate/Del Centro, hasta nueva orden, para evitar congestión y facilitar el tránsito de organismos de emergencia.
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Vehículos de otros municipios y requisitos para circular
Los vehículos provenientes de otros municipios en tránsito o con destino final en Manizales están exceptuados si pueden demostrar su condición con el comprobante de peaje correspondiente a la fecha y el horario de la restricción. Esta excepción aplica solo a quienes realicen desplazamiento intermunicipal real y acreditado, no a cualquier vehículo con placas de otro municipio.

El incumplimiento de la restricción será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($633.111) y la inmovilización del vehículo, conforme a la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Las autoridades realizarán controles estrictos para garantizar el cumplimiento de la medida y priorizar la movilidad de los organismos encargados de la atención de la emergencia.
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Se recomienda a los ciudadanos verificar el último dígito de su placa antes de salir, consultar la programación diaria, revisar si su vehículo está dentro de las excepciones y planificar los desplazamientos privilegiando el transporte público y respetando las instrucciones de los agentes de tránsito y organismos de socorro.
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