
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó a través de un comunicado emitido el 14 de agosto que suspendió temporalmente los términos de los procesos y actuaciones administrativas tributarias, aduaneras y cambiarias en las zonas del país afectadas por el terremoto de 7,4 de magnitud que se registró el 10 de agosto en Chocó, y que afectó a otros departamentos del país. La decisión de la entidad quedó establecida en la Resolución 012017.
De acuerdo con la comunicación oficial, la suspensión regirá entre el 13 y el 25 de agosto, y los términos se reanudarán el 26 de agosto. La medida aplica en las direcciones seccionales de Pereira, Armenia, Manizales, Tuluá, Palmira, Popayán, Quibdó y Buenaventura, además de las direcciones seccionales de Impuestos y de Aduanas de Cali.
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Durante el periodo definido, no correrán los plazos vinculados a trámites, requerimientos, respuestas a actuaciones administrativas y presentación de solicitudes o recursos ante la Dian en dichas jurisdicciones. También quedarán suspendidos los términos relacionados con la firmeza de declaraciones tributarias y aduaneras, y los plazos de caducidad y prescripción de las actuaciones a cargo de la entidad.

“La suspensión de términos de que trata el presente artículo comprende todas las actuaciones, procedimientos, trámites y procesos administrativos de competencia de la Dian incluidos los relacionados con fiscalización, control, determinación de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias (en lo de competencia de la Dian), imposición y discusión de sanciones, devoluciones y compensaciones, recaudo, cobro, facilidades de pago, gestión documental, notificaciones, recursos en sede administrativa, demás actuaciones que deban adelantarse ante la Entidad”, se lee en el parágrafo 1 del artículo 2 de la resolución.
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La resolución aclara que la medida no modifica los vencimientos fijados por la ley para obligaciones tributarias como la presentación de declaraciones o el pago de impuestos, salvo que exista una disposición especial para ello. En paralelo, la entidad flexibilizará temporalmente las validaciones para la autorización de numeración de facturación electrónica de contribuyentes domiciliados en las zonas afectadas cuya autorización venza entre agosto y octubre de 2026, con vigencia hasta el 1 de noviembre de 2026 y aplicación automática, sin trámites adicionales.
Por otro lado, en materia de comercio exterior, la Dian indicó que las solicitudes de emisión de certificados de origen que se tramitaban en las seccionales de Aduanas Cali y de Impuestos y Aduanas de Buenaventura, Pereira y Manizales serán atendidas temporalmente por las seccionales de Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cartagena, Cúcuta, Ipiales, Medellín, Santa Marta y Urabá.
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“Los términos se reanudarán cuando las Direcciones de Gestión y sus respectivas Subdireciones en el Nivel Central avoquen el conocimiento y la competencia respecto de los asuntos que se encontraban a cargo de las direcciones seccionales de que trata el artículo 1º de esta resolución, de conformidad con el Decreto 1742 de 2020.
La Dian indicó que la reactivación del servicio en las ciudades afectadas por el terremoto será informada de manera oportuna a través de los canales oficiales de la entidad.
Ayuda humanitaria por parte de la Dian
En otra comunicación, la Dian dio a conocer que hará uso de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación para ayudar a las víctimas del sismo. La entidad inició todos los trámites necesarios para entregar al Departamento para la Prosperidad Social (DPS) mercancías por un valor total de $3.266 millones.
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“Los bienes identificados para esta primera fase incluyen ropa, calzado, radios de comunicación, artículos electrónicos y elementos para el hogar, entre otros, que podrán ser destinados a apoyar las labores de asistencia humanitaria y recuperación temprana en las zonas impactadas por el terremoto”, informó el director general de la Dian, Andrés Felipe Velásquez Reyes, citado en el comunicado.
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