
El Juzgado 64 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá negó en primera instancia una acción de tutela presentada por dos ciudadanos en contra del senador y excandidato presidencial Iván Cepeda Castro, de la izquierda, con la que buscaban obligarlo a retractarse de sus declaraciones sobre la desobediencia civil pacífica y prohibirle pronunciamientos similares a futuro.
El exaspirante aseguró en un evento público llevado a cabo en Cali, Valle del Cauca, que el presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella, representa cuatro “graves amenazas”. Si esas amenazas persisten o se materializan, Cepeda se declarará en desobediencia civil pacífica, lo que quiere decir que no acatará las órdenes del jefe de Estado entrante.
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“Convocamos desde ya al pueblo a discutir cuáles son las acciones que vamos a tomar para movilizarnos pacíficamente y oponernos (...). No nos dan miedo los que se creen fieras que muerden duro. A ese que anda por ahí, amenazando con ser voraz, estoy seguro que nuestro pueblo lo sabrá amansar como merece (...). No le tememos, lo vamos a confrontar y lo vamos a derrotar. Vamos a ver quién se cansa primero, si el pueblo de hacer desobediencia o él de amenazarnos”, dijo el excandidato en el evento, realizado el 4 de julio.

Los accionantes rechazaron estas declaraciones y recurrieron a la tutela para evitar que el congresista continuara replicando ese discurso. Sin embargo, el juzgado concluyó que el mensaje difundido por el senador “constituye una manifestación pública de contenido político”.
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De igual manera, advirtió que la hipótesis de que ese llamado a la desobediencia civil pueda “generar escenarios de alteración del orden público” no tiene ninguna base y, por tanto, no es posible corroborar la existencia de una amenaza “cierta, real o actual”.
Así las cosas, en su decisión, el juzgado descartó la posibilidad de ordenar una retractación o de impedir nuevas declaraciones relacionadas con el tema. Aseguró que esas medidas implicarían una restricción “desproporcionada” del derecho fundamental a la libertad de expresión, contemplado en el artículo 20 de la Constitución Política de Colombia.

Ante la decisión que tomó el juzgado, el excandidato presidencial destacó la importancia y el respaldo constitucional que tiene la desobediencia civil pacífica.
“La desobediencia civil constituye un derecho y un componente estructural del estado constitucional, que parte de su reconocimiento, y se ejerce desde él y en su defensa. Por eso, la Corte Constitucional ha reconocido la garantía a la resistencia cuando, como en este caso, se cuestionan actuaciones concretas, y se ejerce de manera pacífica y pública, en defensa del orden jurídico”, indicó el senador, citado en un comunicado.
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La desobediencia civil no promueve la violencia, según Iván Cepeda
En el evento que lideró en Cali, el exaspirante aclaró que el hecho de decidir no acatar las órdenes del jefe de Estado entrante no implica de ninguna manera que se vaya a promover la violencia en su contra. Según precisó, ni él ni su entorno político han impulsado esa directriz. Recalcó que se trata de acciones pacíficas, que dejarán en evidencia su rechazo a las políticas que en su momento llegue a implementar Abelardo de la Espriella.

“Ni el presidente Gustavo Petro, ni yo, ni el Pacto Histórico, ni nuestras congresistas y nuestros congresistas, ni la Alianza por la Vida, ni los movimientos sociales, hemos dicho que vamos a agredir con violencia al señor De la Espriella o a sus seguidores”, precisó.
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Sin embargo, insistió en que existe la posibilidad de entablar un diálogo con el mandatario electo y aseguró que la desobediencia civil pacífica puede no ponerse en marcha solo si el Gobierno entrante se abstiene de tomar decisiones que afecten a la población.
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