
La Sección Segunda del Consejo de Estado revocó la suspensión provisional que había dejado sin efectos el aumento del 23,7% del salario mínimo para 2026 en Colombia, con lo que volvió a quedar vigente el decreto firmado por el presidente Gustavo Petro en diciembre de 2025 y se reactivó la cifra que define la remuneración mínima de los trabajadores.
La medida que había frenado ese incremento llevaba más de medio año suspendiendo los efectos del decreto presidencial. La decisión que la tumbó ya fue notificada por estado (es decir que dentro de la plataforma ya no se encuentra como suspendido) y apareció en el sistema judicial Samai, aunque el auto con los argumentos de fondo todavía no ha sido publicado.
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En la sede electrónica de Samai la decisión principal figura como “revocar”, en respuesta al recurso de súplica presentado contra el auto que había decretado la medida cautelar de suspensión provisional del acto administrativo expedido por el Ejecutivo.
“Primero. REVOCAR el auto del doce (12) de febrero de dos mil veintiséis (2026), mediante el cual se decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 y a su vez ordenó «(...) a las entidades demandas (sic) (...) reali[zar], exped[ir] y publi[car] un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia (...)», conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia“ (sic), dice en el auto del Consejo de Estado al que Infobae Colombia tuvo acceso.
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La anotación del sistema señala que el recurso fue resuelto en un documento firmado electrónicamente por Elizabeth Becerra, Jorge Portocarrero, Jorge Iván Duque y Juan Enrique Bedoya. El magistrado Luis Eduardo Mesa salvó su voto.

El registro de la plataforma Samai consigna: “Resuelve recurso de súplica contra el auto que decretó la medida cautelar de suspensión provisional. Documento firmado electrónicamente por Elizabeth Becerra, Jorge Portocarrero, Jorge Iván Duque y Juan Enrique Bedoya”, según el mencionado medio.
La controversia se había abierto en febrero de 2026, cuando el magistrado Juan Camilo Morales ordenó suspender el acto administrativo inicial y dispuso que se expidiera uno nuevo mientras se tomaba una decisión de fondo sobre el caso.
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“Segundo. NEGAR la medida cautelar de suspensión provisional formulada por la parte demandante respecto del Decreto 1469 de 2025 que fijó en 23% el porcentaje de incremento del salario mínimo para 2026 y las demás medidas solicitadas en el presente proceso, por las razones antes expuestas”, se añade en el documento.
“Tercero. DEJAR SIN EFECTOS la medida cautelar innominada decretada en el ordinal tercero de dicha providencia, y en consecuencia el acto que se dictó en cumplimiento de esta”, se agrega en el auto.

Ese nuevo decreto, según el expediente, debía incorporar criterios legales y constitucionales vigentes para fijar el aumento del salario mínimo. Entre ellos estaban la meta de inflación definida por la Junta Directiva del Banco de la República, la productividad certificada oficialmente, la inflación real del año anterior y otros cálculos económicos.
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La resolución deja en firme el cambio inmediato sobre la vigencia del decreto, pero no cierra la discusión jurídica en términos argumentativos, porque falta la exposición oficial de las razones que respaldan la revocatoria.
La decisión implica que el aumento fijado por el Gobierno del presidente Petro deja de estar en suspenso.
El salario mínimo en Colombia para 2026 quedó en firme luego de que el Consejo de Estado revocara la suspensión del decreto del Gobierno Petro, consolidando un aumento del 23,7% que incorpora el auxilio de transporte.
De esta manera, la asignación mensual básica pasó de $1.423.500 en 2025 a $1.746.882 en 2026, lo que sitúa el ingreso total con auxilio de transporte en un monto de $2.000.000.
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