Consejo de Estado admitió demandas que buscan anular la incorporación de Colombia Humana al Pacto Histórico

Los recursos alegan infracción de normas, incumplimiento de estatutos y convocatoria irregular de asamblea; el alto tribunal revisará si los actos se ajustaron a la normativa vigente

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El Consejo Nacional Electoral ordena a la Registraduría aceptar la inscripción individual de Pacto Histórico y Colombia Humana en Bogotá y Valle del Cauca - crédito composición fotográfica Colprensa, X
Las demandas admitidas por el Consejo de Estado cuestionan resoluciones del CNE relacionadas con la modificación de los estatutos de Colombia Humana y su fusión por absorción con el Pacto Histórico. - crédito composición fotográfica Colprensa, X

El Consejo de Estado admitió dos demandas que buscan anular las resoluciones mediante las cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) avaló la modificación de los estatutos de Colombia Humana y su posterior incorporación al Pacto Histórico, según reveló la revista Semana, que tuvo acceso a los autos expedidos por el alto tribunal.

Las acciones judiciales fueron presentadas por el estudiante de Derecho Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, quien cuestionó la legalidad de los actos administrativos expedidos por el CNE y solicitó su nulidad. Ahora será la Sección Quinta del Consejo de Estado la encargada de estudiar de fondo los argumentos expuestos en ambos procesos.

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Es importante precisar que la admisión de las demandas corresponde al inicio del trámite judicial y no constituye una decisión sobre el fondo del asunto, por lo que será durante el proceso cuando el alto tribunal determine si las actuaciones del Consejo Nacional Electoral se ajustaron o no a la normativa vigente.

La primera demanda cuestiona la modificación de los estatutos de Colombia Humana

De acuerdo con la información publicada por el medio, el pasado 6 de julio el magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, integrante de la Sección Quinta del Consejo de Estado, admitió la demanda presentada por Ortiz contra la Resolución 11232 del 4 de diciembre de 2025, expedida por el Consejo Nacional Electoral.

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Mediante ese acto administrativo, el CNE ordenó registrar la modificación estatutaria contenida en el acta de la Asamblea Extraordinaria del movimiento político Colombia Humana, realizada el 21 de septiembre de 2025.

Según el auto citado por la revista, el despacho del magistrado resolvió: “Admitir la demanda presentada por Samuel Alejandro Ortiz Mancipe con la cual pide anular la Resolución 11232 de 4 de diciembre de 2025 (...) proferida por el Consejo Nacional Electoral”.

Con esta decisión, el Consejo de Estado iniciará el estudio de la legalidad de esa resolución expedida por la autoridad electoral.

Colombia Humana
El proceso judicial incluye una demanda contra la resolución que registró la modificación de los estatutos del entonces movimiento político Colombia Humana. - crédito @AndresCamiloHR/X

Segunda demanda busca anular la fusión por absorción con el Pacto Histórico

Semana también informó que, un día después, el despacho del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil admitió una segunda demanda presentada por el mismo estudiante.

En esta ocasión, el recurso solicita la nulidad de las resoluciones 1299 y 1629 del Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales se aprobó la fusión por absorción del movimiento Colombia Humana al movimiento Pacto Histórico.

Según el demandante, dichos actos administrativos habrían sido expedidos con “infracción de normas superiores y con falsa motivación”, debido a que el Consejo Nacional Electoral aprobó inicialmente la absorción del partido y posteriormente resolvió los recursos de reposición interpuestos contra esa misma decisión.

Otra de las acciones busca la nulidad de las resoluciones del CNE que aprobaron la fusión por absorción de Colombia Humana al Pacto Histórico. - crédito Colprensa
Otra de las acciones busca la nulidad de las resoluciones del CNE que aprobaron la fusión por absorción de Colombia Humana al Pacto Histórico. - crédito Colprensa

Los argumentos expuestos por el demandante

De acuerdo con lo publicado por el medio, Samuel Ortiz sostiene que durante el trámite adelantado por el Consejo Nacional Electoral no se verificó adecuadamente el cumplimiento de los estatutos internos que regulaban el proceso de modificación estatutaria y la posterior fusión del movimiento político.

En la demanda también cuestionó la legalidad de la convocatoria de la Asamblea Nacional Extraordinaria que aprobó la reforma del artículo 72 de los estatutos y posteriormente ratificó la fusión.

Según el texto citado, el estudiante argumentó que: “La Asamblea Nacional Extraordinaria que aprobó la reforma del artículo 72 de los estatutos y, luego, ratificó la fusión fue convocada por la denominada Dirección Nacional del Poder Popular Constituyente, instancia que no estaba prevista en la estructura orgánica de Colombia Humana ni tenía competencia para citar al máximo órgano de dirección”.

Por su parte, El Colombiano señaló que el demandante considera que esa instancia no hacía parte de la estructura orgánica del movimiento ni tenía facultades para convocar al máximo órgano de dirección, razón por la cual cuestiona la validez del procedimiento adelantado para aprobar la reforma estatutaria y la posterior incorporación al Pacto Histórico.

Consejo de Estado rechaza la suspensión de la resolución del Ministerio de Salud sobre la UPC para 2025 - crédito Colprensa
La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió las demandas y será la encargada de decidir si las actuaciones del CNE se ajustaron a la normativa vigente. - crédito Colprensa

El Consejo de Estado estudiará de fondo las demandas

Tanto Semana como El Colombiano coinciden en que será la Sección Quinta del Consejo de Estado la encargada de analizar los argumentos presentados en las dos acciones judiciales y determinar si las resoluciones expedidas por el Consejo Nacional Electoral se ajustaron a las disposiciones legales.

De acuerdo con la información conocida por ambos medios, las demandas cuestionan tanto la modificación de los estatutos del entonces movimiento Colombia Humana como el proceso mediante el cual fue incorporado al Pacto Histórico, asuntos que ahora serán objeto de estudio por parte del alto tribunal.

Mientras avanza el trámite judicial, no existe una decisión de fondo sobre la legalidad de las resoluciones demandadas, por lo que el proceso continuará con las etapas previstas dentro de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, antes de que el Consejo de Estado adopte una determinación definitiva sobre las pretensiones presentadas por el demandante.

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