
El Tribunal Superior de Bogotá revocó la sanción de cinco días de arresto y la multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes que habían sido impuestas al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, dentro de un incidente de desacato promovido tras una acción de tutela presentada por la representante a la Cámara Katherine Miranda Peña.
La decisión fue adoptada por la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que al revisar en grado de consulta la providencia expedida el 1 de julio de 2026 por el Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá concluyó que la orden impartida en la sentencia de tutela ya había sido cumplida, razón por la cual declaró la existencia de una carencia actual de objeto por hecho superado y dejó sin efectos la sanción impuesta al jefe de la cartera laboral.
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Según el documento expedido por la Sala de Decisión Laboral, integrada por las magistradas Aura María Galindo Lizcano y Adriana Catherina Mojica Muñoz, esta última como ponente, el análisis del expediente permitió establecer que el Ministerio del Trabajo dio respuesta de fondo al derecho de petición que había originado la tutela.

En otro de los apartes de la decisión, la Sala indicó que la respuesta entregada por el Ministerio fue “congruente y suficientemente motivada frente a la totalidad de los aspectos planteados en la petición. En consecuencia, desapareció el incumplimiento que dio lugar a la declaratoria de desacato, por lo que no se configura el presupuesto objetivo necesario para imponer la sanción, circunstancia que releva a la Sala de examinar el elemento subjetivo“.
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Con fundamento en esas consideraciones, el tribunal resolvió “REVOCAR la sanción impuesta el 1.° de julio de 2026, por el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Bogotá al Ministro del Trabajo, por configurarse la carencia actual de objeto por hecho superado". Asimismo, ordenó notificar a las partes e intervinientes y devolver el expediente al juzgado de origen para lo de su competencia.
El origen del incidente de desacato

El proceso tuvo su origen en una acción de tutela promovida por la representante a la Cámara Katherine Miranda Peña para proteger su derecho fundamental de petición.
De acuerdo con los antecedentes consignados en la decisión judicial, Miranda radicó el derecho de petición el 24 de marzo de 2026 con el propósito de obtener información sobre las actuaciones adelantadas por el Ministerio del Trabajo frente a las denuncias de acoso laboral y violencia basada en género presentadas en el Sistema de Medios Públicos Rtvc.
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El cuestionario contenía 12 preguntas relacionadas con las actuaciones adelantadas por la cartera laboral respecto de esas denuncias. Posteriormente, el 20 de mayo de 2026, el Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá amparó el derecho fundamental de petición y ordenó al Ministerio del Trabajo responder el requerimiento dentro de las 48 horas siguientes.
Al considerar que la orden judicial no había sido cumplida dentro del término fijado, el mismo despacho judicial declaró el desacato y sancionó al ministro Antonio Sanguino con cinco días de arresto y una multa de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes. La providencia también ordenó remitir la decisión a la Policía para que procediera con la captura del funcionario y garantizara el cumplimiento de la medida de arresto.
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Contexto de las denuncias relacionadas con Rtvc

El derecho de petición presentado por la representante Katherine Miranda estuvo relacionado con las actuaciones desarrolladas por el Ministerio del Trabajo frente a las denuncias de presunto acoso laboral y acoso sexual registradas en RTVC.
Durante abril de este año, el ministerio recibió denuncias sobre presuntas situaciones de acoso laboral y violencia basada en género que involucraban al gerente de Rtvc, Hollman Morris.
El caso se produjo en medio de antecedentes conocidos desde años anteriores. En 2018, Lina Castillo, entonces militante de Colombia Humana, hizo pública una denuncia contra Morris. Posteriormente, este interpuso una acción por injuria y calumnia, proceso que fue citado por más de 40 mujeres periodistas en una carta pública como ejemplo de posibles escenarios de revictimización.
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A esos antecedentes se sumó la denuncia formulada en 2024 por Silvana Orlandelli, entonces directora de Señal Colombia, quien manifestó haber sido víctima de acoso por parte de Hollman Morris cuando este se desempeñaba como subgerente del sistema de medios públicos.
Como parte de las actuaciones derivadas de esas denuncias y de otros casos reportados en medios de comunicación como Caracol Televisión y RCN, el Ministerio del Trabajo adelantó inspecciones dentro de la estrategia denominada “Inspección para el cambio”.
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