Defensoría del Pueblo rechazó consejo de Andrés ‘el Gury’ Rodríguez de ejecutar bombardeos por los resultados electorales: “Especialmente grave”

El concejal de Medellín justificó sus declaraciones en el hecho de que en ciertas mesas de votación hubo amplios apoyos a la candidatura de Iván Cepeda y Aida Quilcué. Advirtió sobre presencia de grupos armados

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La Defensoría del Pueblo expresó su rechazo y preocupación por las declaraciones del concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez, conocido como “El Guri”, en relación con los resultados electorales de las elecciones presidenciales que se llevaron a cabo el 21 de junio en Colombia (segunda vuelta).

El servidor público pidió “bombardear” territorios del país por los votos que logró la candidatura de Iván Cepeda y su fórmula vicepresidencial Aida Quilcué (izquierda). El concejal de Medellín justificó su postura en denuncias sobre presuntas irregularidades identificadas en algunas mesas de votación.

“Doy un consejo al próximo presidente (Abelardo de la Espriella) de este país y también le doy un consejo al alcalde de esta ciudad (Federico Gutiérrez) y al gobernador (Andrés Julián Rendón). Si ya sabemos exactamente en qué mesas de votación hubo irregularidades, en donde porcentajes superiores al 80%, fueron votos dirigidos a Iván Cepeda, pues entonces los próximos ataques, bombardeos y demás tienen que ser dirigidos hacia esas zonas, porque en esas zonas están los bandidos de este país”, dijo.

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El uso del bate, según Rodríguez, respondió a amenazas personales y a la falta de intervención efectiva de las autoridades locales - crédito Andrés Gury Rodríguez/Facebook
El concejal Andrés Felipe Rodríguez aconsejó a las autoridades locales y nacional efectuar bombardeos en zonas en donde hubo supuestas irregularidades electorales - crédito Andrés Gury Rodríguez/Facebook

En un comunicado, la Defensoría explicó que las afirmaciones del concejal de Medellín parten de la idea de que la amplia votación que alcanzaron Cepeda y Quilcué en algunas zonas del país respondería a un presunto constreñimiento por parte de grupos armados que allí operan (tesis del “voto fusil”).

En ese sentido, señaló que ninguna diferencia política, ideológica o electoral puede justificar llamados contra la población ni convertir territorios en objetivos militares por la manera en que sus habitantes ejercieron el derecho al voto. Advirtió que ese tipo de pronunciamientos desconoce principios constitucionales básicos, estigmatiza a las comunidades y pone en riesgo la vida, la integridad y la seguridad de millones de colombianos.

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Señalar territorios como objetivos militares por sus decisiones democráticas constituye un discurso incompatible con el Estado Social y Democrático de Derecho, desconoce la dignidad humana y pone en riesgo la vida, la integridad y la seguridad de millones de colombianos y colombianas”, indicó.

La libertad de expresión no avala la incitación a la violencia

Se ha advertido sobre presuntos casos de "voto fusil" a favor de Iván Cepeda y Aida Quilcué - crédito Fernando Vergara/AP
Se ha advertido sobre presuntos casos de "voto fusil" a favor de Iván Cepeda y Aida Quilcué - crédito Fernando Vergara/AP

De igual manera, la Defensoría recordó que la Constitución Política protege el pluralismo, la participación política y la libertad de conciencia, que son pilares de la democracia. Además, precisó que el artículo 95 de la carta magna establece la obligación de respetar los derechos ajenos. En consecuencia, aclaró que la libertad de expresión no protege discursos orientados a promover la violencia, la eliminación del contradictor político ni la destrucción de sectores de la población por sus opiniones o su votación en las urnas.

Asimismo, insistió en que el manejo de la información que hacen los funcionarios del Estado debe ser todavía más cauteloso y riguroso. “Quienes ejercen funciones públicas tienen un poder-deber de información y comunicación cualificado. Sus pronunciamientos, por el impacto institucional que producen, deben observar estándares reforzados de veracidad, diligencia, responsabilidad, imparcialidad y respeto por los derechos humanos”, detalló.

Según la Defensoría, esas obligaciones constitucionales y legales impiden que una autoridad use su posición para estigmatizar poblaciones, asociar decisiones electorales con la criminalidad o promover acciones violentas.

Defensoría alertó sobre conductas “delictivas”

El artículo 2 del Decreto 2959 de 1997 establece que el certificado electoral deja de ser válido al elegirse un nuevo mandato o una corporación equivalente - crédito @Registraduria/X
La Defensoría del Pueblo recordó que la normativa vigente impide que las autoridades abusen de su poder y vinculen decisiones electorales con la criminalidad - crédito @Registraduria/X

Advirtió entonces que las expresiones del concejal de Medellín podrían configurar “conductas graves, incluso delictivas”, las cuales, a su juicio, deben ser investigadas por las autoridades competentes.

Resulta especialmente grave que este tipo de afirmaciones se produzcan en un país atravesado históricamente por la violencia y la persecución política, y la acción armada en contra de comunidades enteras. Asociar territorios y poblaciones con la idea de “enemigo” por el sentido de su voto alimenta narrativas de exclusión y profundiza la polarización social que tanto daño le ha causado al país", añadió.

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